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Campaña SERNAC-SUBTEL: “YO CORTO CUANDO QUIERO”

Noviembre 13th, 2008 | por Editor Subtel |

Los problemas en telefonía son lo más reclamado en el SERNAC. Según la SUBTEL, más del 40% de los usuarios no conoce sus derechos en este mercado

Uno de los servicios más usados entre los consumidores es la telefonía considerando que hay más de 15 millones de aparatos celulares en el país y alrededor de 3 millones de líneas de telefonía fija ¿Pero cuántos consumidores conocen sus derechos en este mercado?

El SERNAC y la SUBTEL se hicieron cargo de esa preocupación a través de la campaña “Yo corto cuando quiero”, que durante todo este mes estará difundiendo los derechos de los consumidores en materia de telefonía fija y móvil.

Según el director del SERNAC, José Roa, la telefonía es lo más reclamado en la institución y los problemas se concentran en las barreras para terminar los contratos y los cobros indebidos. “Queremos hacernos cargo de las dificultades que enfrentan los consumidores en este mercado y hacer un llamado para que exijan sus derechos”, señaló.

Asimismo, agregó que la encuesta CERC indica que más del 80% de los consumidores piensa que estas empresas tienen poco interés en resolver sus problemas.

De los más de 5.500 reclamos de telefonía que recibió el SERNAC durante el primer semestre de este año, el 10,72% de las compañías no respondió a los requerimientos de mediación. La empresa que tiene el mayor índice de falta de respuesta es Claro con el 25,92% de sus reclamos sin responder, seguida por ENTEL PCS (9,15%) y Movistar (7,20%).

No obstante, el 70,46% de los reclamos que llegaron a la instancia de mediación se resolvieron favorablemente para los consumidores, lo que para Roa, refuerza la idea de que reclamar sirve.

Por otra parte, el subsecretario de Telecomunicaciones, Pablo Bello, señaló que según una encuesta realizada por la institución el primer semestre de 2008, el 42,1% de los usuarios de telefonía dice desconocer sus derechos, por lo que la campaña busca reducir esas brechas.

“Nuestro mensaje a los consumidores es que reclamar vale la pena. Todos los usuarios de telefonía fija y móvil, con contrato o de prepago,  tenemos derechos y es muy importante conocerlos y exigirlos. Esa es la forma de estimular al mercado para que funcione mejor y que las empresas compitan cada vez más por calidad de servicio”

La campaña “Yo corto cuando quiero” abarcará las principales ciudades del país a través de afiches y volantes, avisos en la locomoción colectiva tanto en Santiago como en regiones y publicaciones en diarios de circulación nacional.

Algunos de los principales derechos en telefonía son:

Terminar el contrato del servicio telefónico cuando el consumidor quiera, sólo enviando una carta a la empresa, la cual tendrá máximo diez días para hacer efectivo el requerimiento. Al mismo tiempo, el derecho a no aceptar cobros por dicho término.
Contar con un servicio y un teléfono de calidad, y que las compañías cumplan las promesas publicitarias de cobertura.
Recibir cuentas claras y cobros justos. En caso de dudas, un usuario puede reclamar a la empresa y pagar sólo lo que corresponda hasta que la cuenta telefónica se aclare.

Asimismo, los usuarios de telefonía tienen derecho a que no se interrumpa injustificadamente el servicio así como que no los envíen a registros de morosidad como DICOM o el Boletín Comercial por tratarse de deudas en servicios básicos.

Si la compañía de telefonía no respeta sus derechos puede dirigirse al SERNAC en www.sernac.cl , llamar al 600 594 6000 o acudir a las oficinas comunales de SERNAC facilita Municipio para que se busque una solución extrajudicial a través de la mediación o se derive el caso a la SUBTEL si corresponde (www.subtel.cl).

  1. 99 Respuestas de “Campaña SERNAC-SUBTEL: “YO CORTO CUANDO QUIERO””

  2. Por francisco v. de Nov 13, 2008 | Responder

    yo compre un equipo sony w380 en entel pcs en tres cuotas, al pago de la segunda, el equipo ya presentaba el detalle de la duracion de la bateria, extremadamente corta, pues practicamente lo tengo para que em llamen, el caso es que alegue, me confirmaron que en realidad la bateria estba mala, me la cambiaron, pero el arreglo no duro nada, pues seguia presentando la misma falla, la cosa es que nuevamente me acerque a la torre entel, por el mismo detalle, y me indicaron que las baterias de hoy no duraban lo que duraban las antiguas, la cosa es que me lo resetearon, segun ellos por mal uso, ya que yo tambien copiaba archivos a el, la cosa es que termine de pagar el equipo, y siempre siguio con el mismo detalle, la poca duracion de la bateria, no he vuelto a insistir, que me recomiendan???

  3. Por Editor Subtel de Nov 13, 2008 | Responder

    francisco… de todas maneras hacer el reclamo ante sernac bajo el amparo de la ley del consumidor que regula estas materias, porque la empresa tiene que responder adecuadamente si te vendió un equipo defectuoso.

    ahora sería bueno saber si, más allá de la explicación coloquial que te dieron respecto a que las baterías de hoy duran menos que las antiguas, la empresa te entregó una explicación formal de su servicio técnico respecto al funcionamiento del equipo.

    incluso poniéndonos en el caso que el uso dado al teléfono fuera intensivo y por tal razón la batería se descargara más rápìdo, eso tiene que guardar relación con el manual del fabricante y sus condiciones técnicas.

    en fin, lo mejor en tu caso es hacer la presentación a sernac para determinar con certeza si el equipo estaba defectuoso.

    para ello te recomendamos llamar al 600 594 6000, acudir a las oficinas comunales de SERNAC o dejar tu reclamo en http://www.sernac.cl

  4. Por claudio Villarroel de Nov 13, 2008 | Responder

    hace un tiempo tenia un Nokia n73, este equipo tiene una función que registra todas las comunicaciones del equipo desde sms hasta conexiones wap, un día me conecte tipo 21:30 a los 5 minutos me desconecte, y realize una llamada, al día siguiente al tratar de llamar me encontre con la sorpresa de que no tenía saldo, al llamar a CLARO, la ejecutiva después de 10 minutos me dijo que tenía una conexión wap por 45 minutos, que eran como $ 3.500, le conteste que era imposible porque había generado una llamada a los 5 minutos, reviso y me dijo que ” efectivamente había una inconsistencia ” en el cobro porque en el sistema le aparecía la llamada a los 5 minutos y fijo que era imposible haber llamado sin cortar la sesión wap, me indicó que no me podian abonar el dinero, y que me acercará a sucursal mas cercana.
    Al día siguiente fui a la sucursal de estado, después de esperar 20 minutos, habiendo 20 módulos sólo atendiendo 5, la ejecutiva me dijo tambien que había una inconcistencia y que iba a hablar con la encargada de la sucursal para hacer la devolución, al cabo de 5 minutos, me explicó que no se podía hacer la devolución, a si que me cambie de compañia, pase de entel a movistar, hasta ahora sin ningún problema

  5. Por Editor Subtel de Nov 13, 2008 | Responder

    estimado claudio villarroel

    cambiarse de compañía a su competidor puede ser una buena forma de castigar el mal servicio de un proveedor, sobre todo cuando no resuelven el problema de sus clientes.

    en su caso sería bueno saber si ingresó de todos modos un reclamo formal contra la compañía, porque independiente de que ya no sea cliente de ellos, lo justo es que le devuelvan lo que le cobraron mal.

    si hizo el reclamo formal y no recibió respuesta efectiva en 20 días hábiles puede recurrir a subtel-sernac para insistir en su reclamo y de seguro será acogido a su favor.

    en promedio más del 85% de los reclamos ingresados a subtel por consumidores insatisfechos con la respuesta de sus compañías han sido resueltos a favor de ellos.

    saludos.

  6. Por ricm de Nov 13, 2008 | Responder

    felicitaciones por la iniciativa

  7. Por Jaime Eduardo Niño de Nov 14, 2008 | Responder

    Hace dos meses me suscribí en un contrato de INTERNET MÓVIL que contempla 18 meses de duración. Pero desde el primer mes de uso me he encontrado con un servicio lento que se cae todo el tiempo y sobre todo que no cumple con mis necesidades no requerimientos.
    Hace una semana llamé a la compañía (Movistar) y les planteé mi deseo de retirarme del plan, pero mi sorpresa fue su respuesta, me dijeron que no había problema pero que debía pagar una indemnización de aproximadamente 120.000 pesos.

    Me gustaría saber que puedo hacer en este caso, tengo entendido que el internet movil es una simple celular, es más tengo número.

  8. Por Matías Bobadilla de Nov 14, 2008 | Responder

    Al igual que el post anterior, yo tambien poseo un contrato de intenet movil, en donde la señal es mala y la conexión es intermitente. Para terminar el contrato debo pagar una suma de $4000 por mes que no cumpliré de contrato (18 meses).
    Me gustaría saber los pasos a seguir para poder terminar esto.

  9. Por José Luis de Nov 14, 2008 | Responder

    Pero … cambiarse de compañía no terminaria siendo un círculo vicioso? …

    Me explico:
    Una persona se cambia de Entel a Movistar, pero al mismo tiempo … otra persona se puede estar cambiando de Movistar a Entel … por lo tanto ,el cambio no afectaría en nada a las empresas, y no se notaría el “castigo”

    Debe haber otra forma de “castigo” al no cumplir estas empresas con cierta calidad de servicio …

  10. Por Felipe Muñoz de Nov 14, 2008 | Responder

    Tengo el mismo problema que los anteriores, tengo contrato con movistar y para terminarlo me exigen 4000 pesos por mes, hasta cumplir los 18 meses, ademas de los que me quedan por concepto del celular en comodato, lo del celular lo entiendo, pero lo del 4000 pesos por retirarme anticipadamente no.
    que puedo hacer?

  11. Por Editor Subtel de Nov 14, 2008 | Responder

    Estimado José Luis:

    obviamente existen otras formas de “castigo”.

    cada reclamo ingresado ante la subtel contra compañías que no han dado respuesta a sus consumidores, genera una investigación que toma dos caminos:

    -primero resolver si el usuario o la empresa tenían la razón respecto al reclamo y en este ámbito le comento que más del 85% de los reclamos se han fallado a favor de los usuarios.

    - y a partir de ello, se presentan cargos a la empresa que haya vulnerado la normativa vigente, los que pueden terminar en multas de hasta 1000 UTM por cada caso reclamado, las que pueden además ser acumulativas cuando hay reincidencia (estos montos están fijados por ley).

    ello sin desmedro de otras sanciones económicas que se pueden derivar de demandas colectivas a través de la ley del consumidor en sernac.

    pero creemos que también es importante el rol del usuario que premia o castiga a la empresa que le da servicio con su permanencia en la compañía.

    incluso le comento que hay cuatro materias que también está trabajando subtel y que apuntan en este sentido:

    1. se empezó ya con el trabajo de implementación de la portabilidad del número, lo que facilitará más aún el cambio de compañía. Este proceso a nivel internacional, desde que se toma la decisión de implementarla hasta que esta disponible la portabilidad comercialmente a nivel de usuario final, demora unos 18 a 24 meses por los cambios técnicos, regulatorios y las inversiones que se requieren para que sea realidad.

    2. la subtel está desplegando una estrategia de cliente incógnito para detectar las malas prácticas comerciales y aplicar las sanciones que correspondan a las compañías.

    3. la publicación semestral del ranking de reclamos que entrega información a los usuarios sobre la calidad de servicio que entregan las empresas en este ámbito.

    4. y estamos empujando en el Tribunal de Libre Competencia y en la Corte Suprema que se autorice a subtel para fijar condiciones en los concursos de asignación de espectro que faciliten y favorezcan el ingreso de nuevos operadores en telefonía móvil, con el fin que haya más competencia y más alternativas para que los usuarios elijan al proveedor que les garantice mejor servicio y mejores precios.

    no nos cabe duda que mientras más personas conozcan sus derechos y los exijan en todas las instancias, habrá menos incentivos para que las empresas mantengan malas prácticas comerciales y disminuyan los abusos.

  12. Por Promotor Movistar de Nov 14, 2008 | Responder

    Efectivamente el contrato por el servicio puede ser cancelado cuando uno estime conveniente… pero hay un “arriendo con opción de compra” o “compraventa” del equipo que uno firma dentro de los papeleos iniciales. Este involucra que el equipo es personal y no de la compañía, ya que fue subencionado en el precio, pero en caso de retirarse antes de los 18 meses se deberá cancelar la diferencia entre el precio real y el precio del contrato (parecido a precio prepago). Lo que se paga es el equipo en si, ahí estan los 4000 mensuales, ya que el equipo es del usuario y no de la compañía… hasta donde tengo entendido.

  13. Por Jaime Eduardo Niño de Nov 14, 2008 | Responder

    Es que ese no es el problema, si es el caso, yo sigo pagando el arriendo del moden, que es de 3 mil aproxi. Lo que me da rabia es una compensación que piden osea como una multa como de 80 mil pesos

  14. Por Antonio A. de Nov 14, 2008 | Responder

    yo tengo un problema (para variar) con TELEFONICA, especificamente contra TELEMERGENCIA.
    Resulta que quiero poner término al contrato con ellos pero me dicen que tengo que estar como mínimo 3 años con ellos o de lo contrario debo pagarles una indemnización de alrededor de $600.000 aprox. Mi consulta es :
    ¿Pueden ellos OBLIGARME a pagar esta indemnización?
    ¿Qué es lo que puedo hacer?

    Como dato adicional llevo cerca de un año con TELEMERGENCIA, pero no quiero segui más.

  15. Por Ricardo S. de Nov 14, 2008 | Responder

    Mi COnsulta es la Siguiente:

    Al comprar mi iphone, me dicen que no puedo conectarlo a mi notebook y utilizarlo por que me cobran.

    Yo contraté Internet Ilimitada en mi plan, es legal que Movistar me cobre si yo utilizo mi telefono como Modem?.

    mis saludos

  16. Por ignacio de Nov 15, 2008 | Responder

    Estimados

    existe algun telefono en donde podamos realizar este tipo de consultas???

  17. Por Editor Subtel de Nov 15, 2008 | Responder

    Estimados Jaime Eduardo Niño, Matías Bobadilla, Felipe Muñoz, Antonio A., Ricardo S. e ignacio:

    Hicimos la revisión precisa de la normativa legal vigente en los casos mencionados y les comento cuál es el marco de acción y las alternativas que pueden tener. Es un poco largo pero trataremos de explicarlo de forma simple:

    Primero es importante aclarar que una cosa es el servicio telefónico (de voz) que uno puede contratar con empresas de telefonía fija y móvil, y otra cosa distinta son los servicios de Internet (datos) que pueden prestar estas mismas compañías.

    Internet en Chile es un servicio no regulado porque no existe en la ley de telecomunicaciones y no hay otra ley actualmente que permita a la subtel dictar normativas técnicas sobre calidad de servicio o fijar derechos específicos para los usuarios de Internet.

    Es por ello que la subtel junto a numerosas organizaciones de consumidores y usuarios estamos bregando para que el Senado apruebe la ley de neutralidad de red y regulación de Internet, que ya fue aprobada en la Cámara de Diputados.

    Solo con esa ley la subtel podrá fiscalizar de mejor forma el mercado de Internet y dictar un reglamento de reclamos y derechos para los usuarios como el que ya existe en la telefonía.

    Justamente en el ámbito de la telefonía, el Artículo 44º del Reglamento de Servicio Público Telefónico señala expresamente que un usuario puede terminar en cualquier momento y sin causa alguna el contrato que tenga con una compañía telefónica, fija o móvil, sin importar que ese contrato fije plazos de permanencia. Solo se debe avisar a la empresa con diez días de anticipación.

    Pasados esos diez días la empresa debe dejar de cobrar el servicio y no se pueden aplicar multas o indemnizaciones por ese término de contrato. Si tuviese dificultades con el término del contrato puede reclamar en la empresa y si no le dan respuesta en 20 días hábiles o si ésta no le resulta satisfactoria, podrá insistir en Subtel o Sernac por igual porque funcionamos como ventanilla única de atención.

    Al respecto vale la pena señalar que más del 85% de los reclamos ingresados a subtel se han resuelto a favor de los usuarios y han significado en muchos casos multas para las compañías.

    Pero en el caso de la telefonía móvil también hay que tener en cuenta que existen generalmente dos contratos que se firman al suscribirse, uno el de servicio telefónico y otro el de arrendamiento, comodato o compra del equipo o celular a utilizar, salvo que el usuario tenga su propio teléfono el cual debe ser habilitado por la empresa para su uso sin traba alguna.

    Estos dos contratos deben estar separados y no pueden amarrarse uno al otro. Es decir, que si yo arrendé un celular por un año y un plan de x minutos por un año, pero quiero cortar ese plan de minutos al mes de permanencia en la compañía, no me pueden impedir ese término de contrato ni poner barreras de salida, pero si debe respetarse la continuidad y condiciones del contrato por el teléfono o aparato arrendado, teniendo el derecho el usuario a seguir disponiendo y pagando mensualmente ese teléfono, y usarlo libremente en cualquier otra compañía.

    La compañía que uno deja, debe obligatoriamente desbloquear ese teléfono para que pueda ser usado en cualquier compañía y la compañía nueva a la que uno se suscribe no puede negarse a habilitar ese teléfono que uno trae consigo, contratando al usuario solo el servicio telefónico o plan de minutos, el que también puede cortarse en cualquier momento.

    De esta forma, en lo que se refiere al contrato asociado al equipo o celular, este contrato se sujeta a la normativa de derecho común y por tanto se deben cumplir las obligaciones contraídas en él, esto es, pagar las rentas de arrendamiento mes a mes hasta ejercer la opción de compra (equipo que puede ser habilitado en otra compañía), o bien darle término a este contrato de arrendamiento para lo cual se producirá el aceleramiento de las rentas de arrendamiento pendientes de pago, en cuyo caso, podría, además, requerirse la devolución del equipo.

    Ahora bien es muy importante tener en cuenta que, sin desmedro de esta normativa que es parte de la ley de telecomunicaciones, siempre existe el marco general de la ley del consumidor que regula la relación comercial y condiciones de cualquier servicio que se establezca entre una empresa y un consumidor.

    Esto significa que si el usuario no estuviese de acuerdo con las condiciones del contrato asociado al equipo o celular, por considerarlas, por ejemplo, abusivas, podrá recurrir al Sernac para que éste le oriente respecto del ejercicio de los derechos consagrados en la ley del consumidor que le resulten aplicables.

    Ojo que independiente de que un usuario haya firmado libremente un contrato por el arrendamiento o comodato del equipo, si éste contrato contiene cláusulas que bajo la ley del consumidor son consideradas abusivas, no tiene valor ese contrato, por eso es importante hacer las consultas o denuncias formales al Sernac caso a caso.

    Lo mismo en el caso de otros servicios anexos que puedan prestar las compañías telefónicas como el de telemergencia u otros, que si bien no están regulados por la ley de telecomunicaciones, si están regulados por la ley del consumidor y en este marco todos los usuarios tienen derechos que pueden hacer valer cuando se cometen abusos o arbitrariedades.

    Nuestra recomendación general, más allá de estas explicaciones sobre la normativa vigente, para todos los usuarios que han expresado sus dudas en este blog, es que hagan los reclamos pertinentes ante el Sernac o ante la Subtel para despejar cualquier duda respecto a si en sus casos particulares la empresa ha actuado bien o ha vulnerado la ley.

    Para ello los canales más expeditos son:

    Para contactar al Sernac llamando al 600 594 6000, acudiendo a las oficinas comunales de SERNAC en los Municipios o vía online en http://www.sernac.cl

    Para contactar a Subtel hay dos vías. Si la idea es hacer consultas se puede llamar al 02 - 421 3114, acudir a Amunátegui 139, Santiago, de lunes a jueves de 08:30 a 17:30 y viernes de 08:30 a 16:30 o a cualquiera de las oficinas regionales ubicadas en las secretarías regionales de transportes y telecomunicaciones, también escribiendo un mail a oirs@subtel.cl o llenando el formulario único de contacto aquí http://www.subtel.cl/prontus_oirs/stat/opinion/opinion.html

    Si la idea es ingresar inmediatamente un reclamo contra la compañía se puede acudir a la oficina de atención de consumidores de subtel ubicada en Amunátegui 391, esquina Compañía, de lunes a viernes de 8:45 a 15:30 hrs. o vía online aquí http://oraias.subtel.cl/sgr_reclamos/PKG_SGR_login.prc_pag_login

    Más información en http://www.subtel.cl

    Saludos

  18. Por Javier Rovegno de Nov 15, 2008 | Responder

    Señores de Subtel los felicito por su iniciativa, son medidas justas y necesarias de fiscalización.
    Aún existen 2 falencias que ojalá puedan solucionar en el futuro:
    * Sincronizar sus requerimientos de normativas con el mediocre sistema legislativo.
    * Mejorar sus herramientas de gestión reclamos, de manera de aprovechar la sinergia de las organizaciones de consumidores.

    Este último punto creo que podría fácilmente solucionarse, cambiando el sistema de reclamos, por un http://en.wikipedia.org/wiki/Issue_tracking_system
    y de verdad aprovechar el poder de las demandas colectivas.

    Saludos

  19. Por Glen Canessa de Nov 17, 2008 | Responder

    Quiero saber por qué la Subtel avala el alza de los planes de telefonía celular de entelpcs. Contraté un plan, y a los 4 meses me suben la tarifa unilateralmente. El Sernac dice que corresponde el reclamo y hace la gestión con el proveedor, pero el proveedor simplemente no acepta el reclamo y no indica ningún argumento.
    Está bien que las tarifas no estén reguladas y que suban los planes para los contratos nuevos, pero no para los contratos vigentes. ¿No va esto en contra de la ley del consummidor? Sernac parece opinar que sí, pero Subtel encuentra que todo es perfectamente legal?
    Favor su posición oficial al respecto.

    Saludos

  20. Por Editor Subtel de Nov 17, 2008 | Responder

    Glen Canessa

    No se trata de lo que subtel avale o no, porque lamentablemente en este caso no cuenta lo que le gusta o no a la subtel. Existe un marco legal que todos, empresas, usuarios y gobierno deben respetar.

    En Chile, por ley, todos los servicios de telecomunicaciones como norma general tienen tarifas libres a público y depende de la competencia en el mercado la fijación de sus valores.

    Las únicas excepciones a esta regla general se dan cuando el Tribunal de Libre Competencia determina, conforme a sus exclusivas facultades legales, que es necesario fijar un techo a las tarifas a público que cobran ciertas empresas consideradas por este Tribunal como dominantes, como ocurre con Telefónica Chile o Telsur en la telefonía fija.

    salvo esos casos excepcionales que solo el tribunal de libre competencia puede determinar, no existen restricciones legales en Chile para que las empresas fijen libremente sus tarifas a público, como ocurre en la telefonía móvil donde las tarifas son libres.

    En su caso, si usted contrató un plan a una tarifa x, esa tarifa puede ser actualizada por la compañía pero con la obligación de avisarle al menos con 40 días de anticipación ese cambio en la tarifa, de tal forma, que usted tenga tiempo de evaluar si le conviene seguir con ese plan, contratar otro plan más conveniente o cambiarse de empresa si estima que puede encontrar mejores condiciones y precios con otro proveedor.

    Otra cosa es que su contrato en particular tuviese alguna cláusula que señale la inmutabilidad del precio del plan durante un tiempo determinado, pero no suele ser esa una práctica habitual por lo que conocemos.

    Lo importante es que si su empresa no le notificó con 40 días de anticipación el cambio en el valor del plan, entonces tiene derecho a reclamar ante subtel o sernac y es claro que la empresa vulneró la normativa.

    Si fue notificada, tiene ese plazo como tiempo para decidir si le conviene mantener el plan o no.

    No olvide que usted tiene derecho a terminar el contrato con la compañía solo avisando con 10 días de anticipación a la empresa, en caso que prefiera cambiarse de proveedor.

    saludos

  21. Por Luz Gutierrez de Nov 17, 2008 | Responder

    Mi reclamo es contra Ctc, contrate como pyme una linea telefonica con internet, la cual mantuve mas de 1 año, el servicio de internet fue pesimo y reclame segun registros como 15 veces por falla del sistema, al final un operario nos dijo que el problema nunca se iba arreglar por problemas de conexion de Ip de la Cía, ante esto, renuncio a Ctc el servicio de Internet el dia 14 de Sept. me dicen que mande un fac con una carta y la fotocopia del rut, lo envio y lo recepcionan, me quedo tranquila y en octubre me sale el cobro en forma normal, fui a las oficinas de bandera y me dicen que no existe oficinas pyme solo atencion telefonica, en las mismas oficinas llame y me tomaron el reclamo, la semana pasada fui a pagar ctc y llamo si esta regularizado y me dicen que pague solo la parte telefonica, lo cual pago y me desentiendo, ahora voy nuevamente a pagar y me sale el cobro completo, porque segun ellos no corresponde, yo deje de usar internet el mes de Agosto, recien el 14 de Septiembre anulo y ellos no aceptan mi renuncia porque debia mandar papeles, los cuales envie y recepcionaron, y me toman el reclamo de octubre como que recien estoy anulando, porque la casualidad desde ese mes ya no necesito mandar papeles, solo la llamada telefonica, yo cumpli con mi deber de informarles en sept, mande la informacion, porque ellos como Empresa no tienen una oficina de partes para entregar informacion, ya que para ellos es facil decir no recibimos la informacion y cobramos no mas, mas encima llamo la semana pasada y me dicen que me cobraran solo la parte telefonica porque esta ok, pago lo atrasado y esta semana debia pagar la cta de este mes del telefono y me dicen que debo pagar todo.
    Considero un abuso de parte de telefonica, yo cumpli con todo lo indicado, ellos como Empresa, no cumplio con el servicio (internet), pesimo pero pague en forma normal, y ahora renunciando, me sigue obligando a pagar por el servicio malo e inoperante. para ellos es facil decir manden un fax, algo retrogado para que no quede registro y es todo telefonico, porque no una oficina de partes o un mail, ahi los usuarios quedan respaldados.

  22. Por Editor Subtel de Nov 17, 2008 | Responder

    Luz Gutierrez

    nuestra recomendación es que curse un reclamo ante sernac o ante subtel, porque a simple vista pareciera existir un mal procedimiento de la empresa.

    es importante saber que al momento de reclamar en la empresa, presencialmente o por teléfono, hay que exigir el número de constancia del reclamo, que es el medio que permite auditar todo el proceso de atención y respuesta de la empresa al usuario, para ver si cumplió con los plazos legales y sus obligaciones.

    ello sin desmedro de los antecedentes escritos u otros documentos que se anexen luego para fundar el reclamo o cualquier otro requerimiento.

    Para contactar al Sernac se puede hacer llamando al 600 594 6000, acudiendo a las oficinas comunales de SERNAC en los Municipios o vía online en http://www.sernac.cl

    Para contactar a Subtel hay dos vías. Si la idea es hacer consultas se puede llamar al 02 - 421 3114, acudir a Amunátegui 139, Santiago, de lunes a jueves de 08:30 a 17:30 y viernes de 08:30 a 16:30 o a cualquiera de las oficinas regionales ubicadas en las secretarías regionales de transportes y telecomunicaciones, también escribiendo un mail a oirs@subtel.cl o llenando el formulario único de contacto aquí http://www.subtel.cl/prontus_oirs/stat/opinion/opinion.html

    Si la idea es ingresar inmediatamente un reclamo contra la compañía se puede acudir a la oficina de atención de consumidores de subtel ubicada en Amunátegui 391, esquina Compañía, de lunes a viernes de 8:45 a 15:30 hrs. o vía online aquí http://oraias.subtel.cl/sgr_reclamos/PKG_SGR_login.prc_pag_login

    Más información en http://www.subtel.cl

  23. Por Margot Urreztarazu de Nov 20, 2008 | Responder

    Tengo un Plán contratado con ENTEL-PCS. La facturación recibida no coincide con lo contratado, siendo un 100% más alta. Fui a la sucursal Entel más cercana en Manquehue con el objeto de aclarar la diferencia y/o cambiar el Plán y la respuesta fué que ellos no atienden esos reclamos y que podría hacerlo p…or la vía de unos TELEFONOS EN SUS MURALLAS, cuya operabilidad todos conocemos. “Si ud tiene el Plán Z marque la alternativa 1, despues si ud quiere contratar un Plán en Entel marque la alternativa……y si ud ….marque ..” y FINALMENTE LA SORPRESA.
    Si ninguna de las alternativas anteriores le sirve lo atenderá una Operadora. La Operadora me atiende telefónicamente me PREVIENE que este reclamo me costará %1.000 por esa VÍA, y que la única alternativa sin costo es Vía Internet.
    En Internet la página ENTEL es otro MAMARRACHO construído para NO ATENDER LOS RECLAMOS O CAMBIOS de PLANES.
    ME PREGUNTO, ANTES DE SOMETERME A ESTE ATROPELLO:
    Puedo yo, comunicar a Entel que he decidido no pagar la cuenta hasta que me aclare el cobro e exceso ?
    Puedo decirle a Entel que no atenderé su llamado de cobranza “personalmente” porque he dispuesto un Teléfono especial para atender Reclamos ?
    Puedo YO decirle a Entel que ” para hacerme el reclamo directamente tendrá que pagar $ 1.000 anticipadamente”.
    No se me ocurre como, podría yo decirles a mis clientes, que para hacerme cualquier reclamo deben pagarme $ 1.000 o $ 10.000 o $ 100.000 anticipadamente, no se cual es el límite de esta maniobra para desaletar “los reclamos”, o la base lógica.
    Y cómo lo hago para cambiar mi Plán si ENTEL se me escabulle o me llena de cortapisas ? Y mientrastanto ENTEL sigue con el “taximetro” corriendo. Porque en estos tiempos de crisis “se va a producir una corrida de clientes” lo saben, y estas no son más que maniobras para amortiguar el impacto, con procedimientos “abusivos”.

  24. Por Editor Subtel de Nov 20, 2008 | Responder

    Estimada Margot Urreztarazu

    en tu caso, tal como lo expones, se observan irregularidades y claramente puedes reclamar ante el sernac o subtel contra la compañía.

    algunas cosas a tener en cuenta:

    por normativa todas las empresas de telefonía, fija y móvil, deben tener habilitado el fono 105 para que los clientes ingresen reclamos.

    A este fono puedes acceder directamente desde tu celular y lo más importante es exigir que te den el número de constancia del reclamo que es el instrumento que permite a subtel o sernac auditar el proceso de respuesta de la compañía, para ver si cumplió con sus obligaciones legales, como es responder tu reclamo en un máximo de 20 días hábiles.

    si no te llega una respuesta formal en ese plazo se asume que fue aceptado tu reclamo y acudiendo a subtel o sernac se zanja el tema a tu favor, por el solo hecho de no haber recibido una respuesta de la compañía dentro del plazo legal.

    si la respuesta te llega en el plazo legal pero no te deja conforme, también puedes apelar en segunda instancia a sernac o subtel y se revisa el caso para ver si la empresa o el consumidor tenían la razón y se falla en favor de uno u otro, resolución que debe ser cumplida por la empresa si es que se falla a favor del usuario.

    otro aspecto importante es que tu tienes derecho a pagar solo la parte de la cuenta que no está impugnada, hasta que se resuelva tu reclamo y la empresa no te puede cortar el servicio mientras tanto.

    también parece extraño que la empresa te cobre 1000 pesos por reclamar, ese tema habría que fiscalizarlo para ver si excede la normativa y por eso sería bueno que apeles en tu reclamo a subtel o sernac.

    otro tema. sería bueno verificar si la sucursal a la que fuiste era tal vez solo oficina de venta o distribución de equipos de Entel PCS, porque en ese caso podría entenderse que no te atendieran personalmente, pero si es una oficina de atención a clientes no pueden negarse a recibir tu reclamo y en tal caso se justifica también que denuncies el hecho ante subtel o sernac.

  25. Por claudia de Nov 20, 2008 | Responder

    Tengo tres equipos con claro chile …ahora por motivos de cobertura ,mi direccion particular tiene cero cobertura con esta compañia,debo cambiarme a otra compañia y me dicen que debo pagar por los contratos de arrendamiento de los equipos ..pero yo quiero devolverlos,ya que no me sirven de nada …no es que me cambie de compañia por gusto …es netamente un problema de cobertura de ellos…

  26. Por Patricio de Nov 20, 2008 | Responder

    Mi consulta va al promotor Movistar.

    El tema del “castigo” por 4000 al mes , no es: “lo que yo entiendo” es lo que es.

    El tema de la posible diferencia a mi no me parece, ya que precisamente las empresas insisten en contratar planes ya que los equipos salen más baratos. o sea habría publicidad engañosa.

    La SUBTEL debería revisar tal, ya que si esto es válido bueno ahí esta la forma de castigar y amarrar a un cliente 18 meses y es simplemente cambiar el nombre del cobro correspondiente. una vil laguna legal…

    bravo por nuestros magnos legisladores

    La misma web de movistar, hace pública la diferencia entre el precio del equipo en prepago y si se adquiere con plan.

    ahora si por tener un plan, ellos se abstiene de cobrar esos 4000, quiere decir que por elplan ese cobro no hecho se recupera ergo estan vendiendo equipos sobrevalorados… ya que en los negocios, “no existe el juicio de valor” ni los regalos, todo lo que seda es porque va en el precio y se obtiene ganancia de tal.

  27. Por Glen Canessa de Nov 21, 2008 | Responder

    En relación con su respuesta del 17 de noviembre:
    Una cosa es que las tarifas sean libres, para el momento en que contrato un servicio, y otra cosa es que me cambien la tarifa después de contratado.
    La ley del consumidor establece que no se puede cambiar una tarifa si es que el servicio sigue siendo el mismo, y esta ley aplica independientemente de lo que diga el contrato (o sea, si el contrato tiene una cláusula contra esto, no es válida).
    El procedimiento de los 40 días de aviso, que invocan las compañías, aplica en el caso de que me cambien la tarifa junto con ofrecerme un servicio nuevo o mejorado. En ese caso tengo la opción de no aceptarlo.

    ¿No estoy en lo correcto?

  28. Por Editor Subtel de Nov 21, 2008 | Responder

    Glen Canessa…

    la normativa de telecomunicaciones solo hace referencia al aviso previo de 40 días para cambiar el valor de un plan o tarifa, pero es muy posible que la ley del consumidor como marco general válido para todos los servicios sea más precisa y, en tal caso, se justifica plenamente que interpongas tu reclamo.

    en cualquier caso, reclamar es el medio más eficiente para despejar cualquier duda sobre la legalidad de la medida adoptada por la empresa en tu caso.

    Nuestra recomendación es que hagas tu reclamo hasta la última instancia para garantizar que se respeten tus derechos.

    saludos

  29. Por Editor Subtel de Nov 21, 2008 | Responder

    claudia

    la normativa legal vigente separa expresamente los contratos de arriendo, venta o comodato de equipos, de los contratos de servicio o suministro telefónico.

    Este último contrato, el de servicio telefónico, puede suspenderse en cualquier momento sin causal alguna y sin que te puedan cobrar multas por ello.

    los contratos asociados al equipo(s) deben respetarse por ambas partes, pero es importante que sepas que esos mismos equipos puedes ocuparlos en cualquier otra compañía.

    La compañía que uno deja, debe obligatoriamente desbloquear esos teléfonos para que puedan ser usados en cualquier compañía y la compañía nueva a la que uno se suscribe no puede negarse a habilitar esos teléfonos que uno trae consigo, contratando solamente el servicio telefónico o plan de minutos, el que también puede cortarse en cualquier momento.

  30. Por Felipe Rioseco de Nov 24, 2008 | Responder

    Hace mas de un año que contrate a Telefonica del Sur para servicios de telefonia e internet. Sin entrar en detalles, el servicio de internet nunca fue de los mejores, se cortaba a cada rato, y lo mas desagradable eran los cobros, aparecian cobros que no correspondian, CORTES DEL SERVICIO injustificados sin indemnizaciones(tengo pruebas, cuentas, pagos y mails), y todo el mal rato que acarrea estar arreglando las negligencias (o derechamente los intentos de fraude) de la empresa.
    Al fin cumpli el año y pude terminar el contrato sin tener que pasar otro mal rato de reclamos por las famosas UF de indemnizacion. Mi problema es que si bien termine el contrato el 10 de Noviembre de este año, ¿la ley los ampara de cobrarme 10 dias mas por servicio telefonico que no uso y 30 DIAS por servicio de internet que tampoco uso?
    Cuando fui a preguntar por el termino del contrato, me dijeron que tenia que llevarle todos los equipos, se los entregue y me salen con esto? … o sea, mas malos ratos no quise pasar, pero … ¿no hay nada que hacer?

  31. Por Glen Canessa de Nov 25, 2008 | Responder

    Es increible la posición de Subtel y Sernac. Ambos dicen: “Sí, puede ser que tenga razón. Haga el reclamo para estar seguro” y NO SE PRONUNCIAN RESPECTO A NORMATIVAS QUE SON DE SU TOTAL INCUMBENCIA. El subsecretario Pablo Bello aparece en la prensa diciendo que le parecen justificadas las alzas (y punto).
    ¿Cuál es el papel de estas instituciones en estos casos? ¿A quién hay que dirigirse?

  32. Por Editor Subtel de Nov 25, 2008 | Responder

    Glen Cannesa

    tal como le explicamos en las dos respuestas anteriores publicadas para Usted, tanto subtel como sernac, al igual que las empresas y consumidores debemos y podemos actuar conforme al marco que fija la ley vigente, ni menos ni más, porque aquí lo que manda es la ley y no lo que le gustaría al subsecretario o al diretor de sernac en términos personales.

    Como le señalamos en la primera respuesta publicada, las tarifas en telefonía móvil por ley pueden ser fijadas libremente por las empresas y en el caso de la normativa de telecomunicaciones en específico, ésta obliga a que los usuarios sean notificados de cualquier alza en el valor de los planes con 40 días de anticipación.

    por su parte, la ley del consumidor, que es ejecutoriada por sernac, también consagra derechos generales que, en su caso, podrían beneficiarlo al momento de exponer su reclamo contra la empresa.

    el subsecretario no aparece en la prensa “justificando alzas y punto” como Usted menciona. Lo que se ha afirmado públicamente en todas las instancias, es lo que le señalamos ahora, que la ley es muy clara al señalar que las empresas de telefonía móvil son libres para fijar la tarifas que estimen convenientes. No se trata de un juicio de valor del subsecretario, se trata de constatar la realidad que determina la ley, que por lo demás es obligatoria para todos, gobierno, empresas y consumidores.

    Para que subtel o sernac se pronuncien como Usted espera formalmente sobre su caso, debe hacer el reclamo efectivo en las instancias que corresponden, tal como le recomendamos ya en la segunda respuesta que publicamos para usted.

    solo reclamando se podrá obtener una respuesta efectiva, conforme a la ley, a su problema.

    tal como hemos señalado a otros usuarios en este tema, para contactar al Sernac se puede llamar al 600 594 6000, acudir a las oficinas comunales de SERNAC en los Municipios o vía online en http://www.sernac.cl

    Para reclamar ante Subtel contra la compañía, se puede acudir a la oficina de atención de consumidores de subtel ubicada en Amunátegui 391, esquina Compañía, de lunes a viernes de 8:45 a 15:30 hrs. o vía online aquí http://oraias.subtel.cl/sgr_reclamos/PKG_SGR_login.prc_pag_login

    Más información en http://www.subtel.cl

    saludos

  33. Por Felipe Rubilar de Nov 26, 2008 | Responder

    Señores Subtel:

    tengo una duda con respecto a un plan de minutos en TELEFONICA.

    es legal que me sigan cobrando un plan cuando el servicio esta suspendido?

  34. Por Editor Subtel de Nov 26, 2008 | Responder

    Felipe Rubilar

    en primera instancia, sin conocer en detalle su caso, le podemos comentar que la normativa vigente señala expresamente que la empresa de telefonía local tiene la obligación de garantizar al usuario la continuidad del servicio y, cuando ello no ocurre, hay derechos que tiene todo usuario que deben ser respetados.

    esa es la regla general. Ahora bien, se pueden dar los siguientes casos:

    1. que al usuario se le suspenda el servicio por no pago de la cuenta. En este caso se sigue cobrando el cargo fijo mensual del plan aunque el usuario no esté con servicio, porque se asume que la suspensión se debe a su mora en el pago.

    Ahora, en este caso, el usuario puede dar de baja el servicio aunque tenga deuda pendiente, pero queda sujeto igual a pagar esa deuda con la compañía. Eso sirve para cuando alguien ya no quiere el servicio, pero no tiene como saldar la deuda en el momento, pueda evitar que esa deuda crezca y crezca.

    2. que al usuario se le suspenda el servicio por no pago de la cuenta, pero existiendo previamente un reclamo que impugna la cuenta, debido a que se desconocen los cargos o cobros facturados en ella.

    Ahí si se comete una infracción a la ley, porque la normativa señala que cualquier usuario puede impugnar el valor o cargos de su cuenta y mientras ese reclamo se resuelve por la compañía o en segunda instancia por subtel o sernac, no se puede cortar el servicio.

    3. que al usuario se le suspenda el servicio por un corte en la línea, robo de cables u otra causa externa no adjudicable al propio usuario. En este caso la empresa debe reponer el servicio a la brevedad y si esa suspensión se prolonga por más de 12 horas, la empresa deberá en la cuenta del mes siguiente descontar del cargo fijo del plan el tiempo proporcional del corte o suspensión de servicio.

    Ahora si ese corte se prolonga por más de tres días, entonces la empresa además de descontar el tiempo de la suspensión de la cuenta siguiente, deberá indemnizar al usuario con el equivalente al triple del cargo fijo diario por cada día de suspensión.

    no sabemos con certeza cuál es su caso, pero lo concreto es que le asisten derechos y si estima que han sido vulnerados puede acudir a subtel o sernac a reclamar.

  35. Por Jaime Eduardo Niño de Nov 26, 2008 | Responder

    QUIERO REITERAR EL RECLAMO A MOVISTAR POR QUE CREO QUE ES INDEBIDO Y POCO JUSTO.
    HACE TRES MESES ME SUSCRIBÍ EN UN CONTRATO DE INTERNET MÓVIL QUE CONTEMPLA 18 MESES DE DURACIÓN. PERO DESDE EL PRIMER MES DE USO ME HE ENCONTRADO CON UN SERVICIO LENTO QUE SE CAE TODO EL TIEMPO Y SOBRE DEBAJO DE LAS EXPECTATIVAS Y NECESIDADES QUE NECESITAMOS. HOY 26 DE NOVIEMBRE UNA OPERADORA, NATALIA MENESES, SE COMUNICO CON CONMIGO Y SIN DARNOS UNA EXPLICACIÓN SATISFACTORIA NOS DIJO QUE POAGAMOS O PAGAMOS, LA DEUDA ES DE 102.000 EN IMPUESTOS Y CLAUSULAS POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. DESEO RESALTAR QUE EL SERVICIO SE CONTRATO POR TELEFONO Y NO HAY NINGUN CONTRATO LEGAL FORMADO QUE ME UNA A ESTE.

    QUE SE PUEDE HACER, SI ELLOS MISMOS SON LOS QUE DECIDEN SI ACEPTAN O NO EL RECLAMO. SON SUS PROPIOS JUECES….

  36. Por Editor Subtel de Nov 26, 2008 | Responder

    Estimado Jaime Eduardo Niño

    el 15 de noviembre publicamos un comentario con aclaraciones sobre la normativa vigente y recomendaciones generales sobre su caso y el de otros usuarios que preguntaron temas similares… aquí puede revisar esa respuesta
    http://blog.subtel.cl/wp/?p=68#comment-5664

    sin desmedro de verla, es importante que sepa que siempre tiene usted el derecho de apelar a una segunda instancia el reclamo original realizado a la empresa, cuando no hay respuesta o la respuesta no lo satisface.

    si ello ocurre puede apelar inmediatamente a subtel o sernac, que funcionan para estos efectos como ventanilla única de atención.

    Ahora, como le mencionamos en el primer comentario publicado, internet como servicio no está regulado en Chile, por ausencia de un marco legal, pero si está vigente la ley del consumidor que consagra derechos específicos.

    Nuestra recomendación sigue siendo que Usted insista en su reclamo ante subtel o sernac, para que su caso sea revisado conforme al marco legal vigente y pueda recibir una respuesta formal sobre su problema.

    Para ello los canales más expeditos son:

    Para contactar al Sernac llamando al 600 594 6000, acudiendo a las oficinas comunales de SERNAC en los Municipios o vía online en http://www.sernac.cl

    Para reclamar contra la compañía ante Subtel puede acudir a la oficina de atención de consumidores, ubicada en Amunátegui 391, esquina Compañía, de lunes a viernes de 8:45 a 15:30 hrs. o vía online aquí http://oraias.subtel.cl/sgr_reclamos/PKG_SGR_login.prc_pag_login

  37. Por Reinaldo Zúñiga de Nov 27, 2008 | Responder

    Señores Subtel
    Hace un par de meses contraté el plan banda ancha ilimitada de entel por $19.900.-´mensual con un modem o aparato que sirve de receptor de señal (sony) por el cual me cobran $6.101.- y me rebajan $4.000.- por concepto de cuota de arriendo. Mi intención es eliminar este plan por motivos personales, fui a devolver el equipo mi y eliminar el plan, ante lo cual me respondieron que la eliminación se puede hacer, pero el equipo lo tengo que pagar por las $6.101.- cuotas restantes o pagar en una todo en una cuota. Mi pregunta es: están en su derecho no recibir el equipo, este se encuentra en buenas condiciones y funcionando.

  38. Por Editor Subtel de Nov 27, 2008 | Responder

    Estimado Reinaldo Zúñiga

    el 15 de noviembre publicamos un comentario con aclaraciones sobre la normativa vigente y recomendaciones generales que se refieren a su caso… le pueden servir como orientación.

    http://blog.subtel.cl/wp/?p=68#comment-5664

    pero si lo que busca es un pronunciamiento legal sobre su caso, el camino es ingresar un reclamo formal para que su problema sea revisado conforme a la ley vigente y pueda Usted obtener una respuesta formal.

    Para ello los canales más expeditos son:

    Contactar al Sernac llamando al 600 594 6000, acudiendo a las oficinas comunales de SERNAC en los Municipios o vía online en http://www.sernac.cl

    Para reclamar contra la compañía ante Subtel puede acudir a la oficina de atención de consumidores, ubicada en Amunátegui 391, esquina Compañía, de lunes a viernes de 8:45 a 15:30 hrs. o vía online aquí

    http://oraias.subtel.cl/sgr_reclamos/PKG_SGR_login.prc_pag_login

  39. Por Christian Vasquez V de Dic 3, 2008 | Responder

    a mi me pasa algo muy similar no por el aparato sino por la tasa de exito de llamada, el aparato simpre tiene se;al decente pero por motivos que escapan a la urbanidad del gran santiago la central de telefonia movil pasa con saturacion y la tasa de recepcion de llamadas y de llamadas salientes exitosas es muy baja.. como yo con el argumento de que el telefono esta impecable (cuatribanda), tengo buena se;al sin embargo no puedo argumentar de buena forma ya que los problemas son por horarios de saturacion. lo mismo pasa con los servicios de datos moviles los cuales tienen calidades deficientes y o latencias muy altas lo que hace especular de que la capacidad de transporte de la central quedo corto…

    como puedes reclamar por este problema ya que el escenario es que es el unico lugar donde no llegan las otras compa;ias y a su vez la compa;ia no te quiere como cliente por ser conflictivo, onda la opcion de castigar la compa;ia no es valida pues te quedas sin servicio… la opcion de reclamar no sirve de mucho…

  40. Por pedro valencia de Dic 9, 2008 | Responder

    hoala amigos les queria hacer una pregunta tengo un movil entel y quisiera liberarlo (ponerlo a otra conpañia) si yo le digo a la conpañia y les dijo que ellos lo hagan gratis se puede hacer sin problemas? gracias por sus respuestas las recibire con agrado…

  41. Por Editor Subtel de Dic 9, 2008 | Responder

    estimado pedro valencia

    si usted tiene actualmente un plan de minutos contratado con una empresa puede dar término cuando quiera a ese contrato de suministro.

    Otra cosa es el contrato que firmó por el teléfono móvil que usted señala tener.

    Lo que es claro y rotundo, es que ese aparato puede usarlo en cualquier otra compañía.

    Por ejemplo, si ese teléfono es suyo, osea, lo compró, puede pedir a su compañía que lo desbloquee para habilitarlo en otra compañía sin trabas.

    Lo mismo si ese teléfono está en arriendo, pero ahí debe seguir pagando las cuotas de arriendo pactadas o pagarlas anticipadamente para hacer uso, por ejemplo, de la opción de compra por el teléfono si es que existe. Todo depende del contrato que firmó por el aparato telefónico.

    La compañía que uno deja debe obligatoriamente desbloquear ese teléfono para que pueda ser usado en cualquier compañía y la compañía nueva a la que uno se suscribe no puede negarse a habilitar ese teléfono que uno trae consigo, contratando al usuario solo el servicio telefónico o plan de minutos.

    De esta forma, en lo que se refiere al contrato asociado al equipo o celular, este contrato se sujeta a la normativa de derecho común y por tanto se deben cumplir las obligaciones contraídas en él, esto es, pagar las rentas de arrendamiento mes a mes hasta ejercer la opción de compra (equipo que puede ser habilitado en otra compañía), o bien darle término a este contrato de arrendamiento para lo cual se producirá el aceleramiento de las rentas de arrendamiento pendientes de pago, en cuyo caso, podría si, requerirse la devolución del equipo.

  42. Por francisco v. de Dic 15, 2008 | Responder

    Sr. Editor subtel: Por intermedio de la presente agradezco vuestra gestion, ya que como dije al principio y de acuerdo al reclamo presentado por intermedio vuestro, la empresa entel me ofrecio el cambio de equipo. Les agradezco vuestra gestion.

  43. Por francisco v. de Dic 15, 2008 | Responder

    es normal tener que reclamar para que se respeten nuestros derechos? por que las empresas insisten en abusar del consumidor?? es que la ley ampara esta practica?, a manera de epilogo solamente…

  44. Por benjamin spencer rodriguez de Dic 17, 2008 | Responder

    hola,me llamo benjamin.

    hace ya 3-4 meses fui a ver el sistema de claro de INTERNET MOVIL.
    Hize un contrato por el plan ilimitado de 24.900.
    añadiendo a esto, pagué el equipo al contado para no pagarlo en cuotas.

    Me fui con mi equipo contento. (lo probaron en la sucursal y funcionaba)

    Cuando me fui para mi casa, probé el aparato y su sistema durante mas de 10 dias. Todo bien hasta entonces.

    Pasado los 10 dias… mi equipo comenzó a funcionar raro, dejandome pegado el notebook. para asegurarme que no era mi equipo (algo evidente porque sé que tengo en las manos) lo formatee y le instalé un sistema operativo absolutamente light. aun así se quedaba pegado. luego instale windows xp original y pasaba lo mismo.

    resumen de ese cuento, lo devolví pues no funcionaba y la señal se le iba, y tomaba la señal cuando el aparato quería. Me pasaron otro modelo, caja nueva todo nuevo menos el chip.

    con ese nuevo aparato también todo bien. hasta que me comenzaron a llegar mensajes raros. eran mensajes de suscripcion a un servicio de mensajeria de bromas, cosa que yo, nunca hize.

    para peor, tuve que pagar a CLARO los $24.900 + la plata de los mensajes que me llegaban, que eran de $4.000 a los $5.000 pesos.

    Reclamé y no me quicieron dar solucion, pues “yo los habia contratado, y los habia leido, por ende debia pagar”. el punto es que nunca pedi ni me suscribí al servicio. los leia, claro, pues me parecía raro, o podría ser como toda empresa de telefonia lo hace, enviar mensajes de informacion de promociones, etc.

    luego, durante 3 meses estuve llendo a viña del mar en bus. durante la estacion pajaritos, me conectaba y todo bien, solo que durante el trayecto, habían muchas veces en las cuales me quedaba sin covertura alguna, otras veces llegando a viña sin señal. esto era una falla del equipo, puesto que lo desenchufaba y lo volvia a conectar a mi notebook y la señal volvia.
    Me volvió a pasar que mi notebook se quedaba pegado solamente cuando me conectaba por medio de este aparato. Llame a claro inumerables veces y lo unico que hacian era verificar mi IP y configuracion y nada mas, pues no podian hacer mas.

    Ya en mi departamento en viña, muchas veces no tuve señal, o muy baja.
    llame a claro y les dije que los iba a demandar por falsa publicidad ya que en el catalogo que tienen del servicio salia que tenian covertura 3G en la RM y V Region.
    ( cuando te hablan de la v region uno habla de su totalidad, no de ciudades especificas)

    Ellos me dijeron que tenian en la V region, pero solamente tenian incorporado en no me acuerdo què ciudad, pero ni en valparaiso ni viña que era donde yo estaba, tenian 3G.
    se quedaron callados y me dijeron que enviarían tecnicos para verificar el area.

    Lo siguiente, claro NUNCA me entregó ningun numero para llamarlos via CELULAR, LOCAL o por el famoso aparato, por lo que, la primera vez que tuve problemas, me enojé demasiado, puesto que como tenia el aparato de conexion a internet de claro sin señal y malo, no tenia como contactarme con ellos. mi celular es entel, por lo que llamar al 103 no servia de nada.

    Tuve que sacar el chip de claro del aparato de internet, y ponerselo a mi celular, y OJO, TUVE SUERTE QUE MI CELULAR ESTABA DESBLOQUEADO.
    para la vez que tuviera mi cel BLOQUEADO como todas las ….. de empresas lo entregan, me hubiera quedado sin servicio correspondiente durante todo un dia o mas.

    Lo siguiente me sucedio que al conectarme a MSN Messenger, al poner conectar, cargaba y todo, y cuando ya parecía que iba a conectar y el monito de la barra de abajo se ponia conectado, este se desconectaba magicamente, sin ningun motivo ni error.

    Esto lo intente por lo menos 200 veces, apretando conectar todas esas veces. de las 200 o mas….me habré conectado milagrosamente….3 veces.
    Llame nuevamente a claro y les conte lo que me sucedía. ellos me derivaron al tecnico que nuevamente como estupido que me creyeron, intentaron hacerme configurar mi IP por 5ta vez.
    Les dije que yo habia pagado y pagaba mensualmente 24.900 pesos por tener un servicio, es su totalidad OPTIMO y SATISFACTORIO y que yo pagaba por tener conexion a internet y que esto se devia cumplir y que no conectarme a messenger, era un problema puesto que su servicio entonces, no servía ni cumplia con lo que ellos me ofrecieron: INTERNET.

    La respuesta del tecnico fue que ellos no tenian soporte tecnico para un programa como Messenger en el sistema movil, pero si a internet explorer ya que es lo que “TODOS” utilizan. Me dijo que el servicio era para navegar por internet y yo le respondí fuertemente al tonto que yo pagaba por tener internet, y que yo como usuario, veia qué hacia con el: Navegarlo por paginas, transferir datos, subir archivos por ftp, chatear por msn u otro servicio y lo que sea.

    Se quedó callado y no me dio ninguna solucion.
    Ojo, inteligentemente, yo intenté con mi basta experiencia en informatica, probar con todas las cosas posibles, y darme yo una solucion antes que ellos, por lo que reduje la cantidad de posibles errores mios o de mi notebook a 0.
    probé con mas de 5 programas distintos de chat y no hubo caso. no se conectaba.

    EL PUNTO FINAL:

    hoy, llevo llendo a claro mas de 3 meses ya que les conté todo esto y que quiero terminar el contrato ahora puesto que no estoy dispuesto a pagar mas cuentas por un servicio que no se me es satisfactorio, no cumple mis exigencias, no recivo un trato y servicio tecnico como la gente, y para peor, me cobran mensajes que nunca hize.

    aun no logran terminar el contrato conmigo, ya que se descubrio que los mensajes que recivia fue la EX USUARIA de MI NUMERO la que se suscribio a los mensajes poniendo mi numero de telefono y llegandome a mi los mensajes que nuunca pedí. Eso es una cosa.

    La otra es que no pueden terminar el contrato puesto que estan esperando la llegada de un mail dandoles la facultad de terminar el contrato de plan conmigo, quedandome solamente pagar 4 mil pesos por el arriendo del equipo durante lo que quede de los 18 meses de arriendo. ( ¿es posible siendo que yo pague la totalidad del equipo? )

    lo otro. las 3 o 2 cuentas que pagué con esos 4-5.000 pesos DEMAS que no eran mios, CLARO me dejó en claro que no se me serán devueltos puesto que plata que se paga por boleta, no sale, es decir, esos cerca de $12.000 pesos que pagué demas, ellos no me los devolveran.

    Una ejecutiva de ellos me dijo que no pagara ninguna cuenta mas de ellos (CLARO) puesto que no se me seran devueltos las platas que los mensajes que no eran mios.

    Hoy tengo aun la cuenta del mes ante pasado que aun no he pagado y que no pienso hacerlo hasta que terminen el contrato conmigo y que hasta demuestren un poco de respeto por ultimo por el cliente, no así haciendolo esperar 3 meses una respuesta de un SI o No.

    El punto es que “los tecnicos” incompetentes que tienen, “estan revisando las factivilidades tecnicas” que hubieron para determinar si puedo o no cerrar el contrato.

    El tema del termino del contrato del arrendamiento del equipo estoy tambien intentando transarlo puesto que sufrí muchos malos servicios de su parte, sin señal, dejarme pegado mi equipo, andar lento, sin conexion a messenger, etc… y que estoy exigiendo que por un MUY mal servicio, terminen mis contratos COMPLETOS de TODOS LOS servicios que tengo con ellos que serian esos 2: el arriendo de equipo y el plan.

    Estoy al dia de hoy, esperando. fui a una sucursal distinta y me dijeron que el reclamo era de otra sucursal al cual yo habia ido, por lo que a ellos no les correspondia ( se supone que claro como empresa, es la misma en todas partes ja ja ja) asi que mandé a la punta del cerro un rato a la ejecutiva dandole mis argumentos que ellos me tenian que responder en cualquier sucursal mi pregunta: que había pasado con el FAMOSO mail que me tenian que haber enviado hace meses atras.

    Me dijo que no se podia hacer nada. le pedí que llamara a la sucursal correspondiende y me dijo que no tenian los numeros de las sucursales. nuevamente la mandé a la punta del cerro y le dije que la otra sucursal se contactó muy rapidamente con ustedes cuando les conté mi problema. que encontraba increible que las sucursales no tuvieran los numeros de las otras sucursales.
    le pedí hablar con su supervisora ya que ella algo podría hacer o tener el numero de las otras sucursales y llamarlas, pero me dijo que estaba ocupada con un cliente.

    Quiciera saber por ultimo en qué cosas estoy bien y en cuales NO para así aprender y que tambien les sriva a los demas de experiencia.

    Favor ayudarme urgente puesto que me tienen mas que aburrido con la espera.
    Diganme que hacer.
    Y disculpen lo largo del mensaje. me he dado la lata de detallar mi problema, espero ser ecuchado y ayudado.

    Gracias

    Benjamin Spencer R.

  45. Por Patricio Olivos de Dic 18, 2008 | Responder

    Mi problema es el siguiente:

    Contrate un plan con movistar, todo bien los primeros meses, luego el plan subio de valor y comenzaron los cobros de minutos adicionales y sms (no uso nunca mensajes, por algo tenia plan de muuuchos minutos), el telefono ya esta cancelado (pactado en 6 cuotas) y me queria retirar pero me estan cobrando arriendo del equipo (que esta ya esta cancelado…) y una indemnizacion por termino anticipado.

    Que debo hacer para que me terminen el contrato, las razones por la renuncia: cobros excesivos y dudosos, mal servicio de atencion al cliente, entre otras cosas…

    hace dias contrate con Claro y no tengo problemas (hasta que llegue la primera factura y veamos que sucede)

    agradezco orientacion, de antemano, gracias!

  46. Por Editor Subtel de Dic 19, 2008 | Responder

    Estimado Patricio Olivos

    nuestra recomendación es que haga su reclamo formal ante subtel o sernac que funcionan como ventanilla única.

    usted tiene derecho a renunciar cuando quiera al contrato de servicio telefónico sin pagar multas ni indemnizaciones. La regla es clara.

    solo en el caso del teléfono se debe respetar el tiempo de duración firmado por el arriendo cuando corresponde. Ahora, si usted lo compró y ya lo pagó, no le pueden cobrar otros cargos por irse y ese teléfono deben desbloquearlo para que lo pueda ocupar en su nueva compañía.

    Para reclamar ante sernac o subtel los canales más expeditos son:

    Contactar al Sernac llamando al 600 594 6000, acudiendo a las oficinas comunales de SERNAC en los Municipios o vía online en http://www.sernac.cl

    Para reclamar contra la compañía ante Subtel puede acudir a la oficina de atención de consumidores, ubicada en Amunátegui 391, esquina Compañía, de lunes a viernes de 8:45 a 15:30 hrs. o vía online aquí

    http://oraias.subtel.cl/sgr_reclamos/PKG_SGR_login.prc_pag_login

  47. Por Editor Subtel de Dic 19, 2008 | Responder

    estimado benjamin spencer rodriguez

    si bien en la ley chilena el servicio de Internet no existe y, por lo tanto, no existe una regulación que proteja a los usuarios, si existe como marco general la ley del consumidor que regula la relación entre un consumidor y su empresa proveedora de servicios.

    Nuestra recomendación es que exponga su caso directmente al sernac porque a simple vista se notan faltas a la normativa, como el cobro que le hacen por servicios que usted no contrató, lo que está prohibido expresamente en la ley.

    Para contactar al Sernac llame al 600 594 6000, acuda a las oficinas comunales de SERNAC en los Municipios o vía online en http://www.sernac.cl

  48. Por Ricardo de Dic 20, 2008 | Responder

    Mientras Chile no tenga en la ley el servicio de internet y una buena regulación, el país anda para atrás …

    Ricardo
    http://www.powerhost.cl

  49. Por Claudia de Dic 29, 2008 | Responder

    SOLO FALTA LA FRASE

    EN EL PAIS DE LOS CIEGOS; EL TUERTO ES REY.

  50. Por Claudio de Dic 30, 2008 | Responder

    Señores, soy socio de una empresa de trasnportes, de responsabilidad limitada, la cual pasa por un muy mal momento economico. La empresa suscribió un plan de telefonia movil para empresa ( 6 equipos), dado el estado de insolvencia desidimos ir a renunciar al plan contratado y repactar la deuda que eran casi $500.000.-, la empresa de telefonia no nos dejo terminar el plan dado que debiamos para repactar la deuda seguir con otro plan,mas pequeño y pagar el arriendo de los telefonos por el resto del periodo estipulado en el contrato ($300.000), tambien señaló que estaban facultados para enviar los antecedentes al boletin comercial por ser persona juridica, en fin, les comente que para mi seria mas facil y menos costoso liquidar la sociedad de resp. limitada y constituir otra, cosa que no es mi animo, pero nos insistio en que ellos tenian politicas de empresa y que no podemos repactar sin un plan vigente.
    Señores, es efectivo que las personas juridicas tienen un tratamiento distinto a las personas naturales siendo que la ley es clara al definir como usuario a cualquier persona, natural o juridica?

    Atte Claudio

  51. Por Claudio de Dic 30, 2008 | Responder

    Por que aceptar que nos amarren a un contrato de arriendo del equipo ?? a mi modesta opinion,en estos casos, siempre este es un contrato accesorio al de prestacion de servicios de telefonia, por tanto si se extingue el contrato principal, tambien debe terminar contrato accesorio, que seria en este caso el contrato de arrendamiento del equipo, contrato que ademas es adhesion.

  52. Por Ignacio Troncoso de Ene 5, 2009 | Responder

    acabo de llamar a claro y me dicen ” Si ud pasa los Telefonos de Contrato a Prepago, pierde el numero que tiene actualmente”

    ¿Esto es legal? si solamente me voy a pasar a prepago ya que el servicio ha sido pesimo desde que lo contrate, ya mas de 2 años.

  53. Por BRUNO de Ene 6, 2009 | Responder

    EMPRESA MOVISTAR OFRECE ASISTENCIA PREMIUM, Y YO LO ACEPTO Y PAGO MENSUALMENTE $ 2990. EL SERVICIO INCLUYE ENVIO DE GRUA, EN CASO DE ACCIDENTE DEL VEHICULO. SE ME PINCHA UNA RUEDA, LLAMO Y EJECUTIVO TELEFONICO, CON MUCHA SEGURIDAD ME AFIRMA QUE NO ME PUEDE AYUDAR, PORQUE EN EL REGLAMENTO NO SE INCLUYE MOTO. NO ME PUEDO PRESENTAR A UNA REUNION FAMILIAR A CAUSA DE ESTE HECHO. DIA LUNES LEO EL REGLAMENTO, Y NO EXISTE TAL DISPOSICION, EN NINGUNA PARTE DENTRO DE LAS EXCLUSIONES SE MENCIONA MOTOCICLETA. ESTO ES UN INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, Y PUEDE SER LLEVADO A LA JUSTICIA.
    ESTE ES EL RECLAMO QUE HICE EN SERNAC. A LOS DOS DIAS ME LLEGO UN MENSAJE DE MOVISTAR, DICIENDO QUE RECEPCIONARON MI RECLAMO Y QUE TIENE FECHA MAXIMA DE RESOLUCION 26 DE DICIEMBRE 2008, VAN 20 DIAS Y AUN NO TENGO RESPUESTA POR PARTE DE LA COMPAÑIA. SOLICITO ME ACONSEJE LOS PASOS A SEGUIR, PORQUE CREO QUE EL PERIODO DE RESPUESTA AL RECLAMO YA EXPIRO. DE ANTEMANO, MUCHAS GRACIAS

  54. Por Editor Subtel de Ene 9, 2009 | Responder

    Estimado Claudio:

    el contrato de arrendamiento de equipos se rige por el derecho común y por tanto se deben cumplir las obligaciones contraídas libremente en él, esto es, pagar las rentas de arrendamiento mes a mes hasta ejercer la opción de compra (equipo que puede ser habilitado en otra compañía), o bien darle término a este contrato de arrendamiento para lo cual se producirá el aceleramiento de las rentas de arrendamiento pendientes de pago.

    ahora, si el usuario tiene un teléfono propio no se le puede obligar a arrendar un equipo nuevo ni amarrar la mantención del plan de suministro telefónico.

  55. Por Editor Subtel de Ene 9, 2009 | Responder

    Estimado Ignacio Troncoso

    en Chile se está trabajando en la implementación de los sistemas informáticos y de red para que opere la portabilidad del número. En un plazo de 24 meses podría estar activa técnicamente esta modalidad, siempre que no requiera modificaciones legislativas su puesta en marcha.

    Con la portabilidad operando cada usuario será dueño de su número y podrá cambiarse de contrato o de empresa manteniendo su número. Por ahora no es posible técnicamente.

    los teléfonos de prepago en Chile vienen generalmente con un número ya asignado.

  56. Por Editor Subtel de Ene 9, 2009 | Responder

    Estimado BRUNO

    nuestra recomendación es que insista en su reclamo al sernac señalando que el plazo de respuesta de la empresa no se cumplió. El servicio de asistencia que Usted menciona no es un servicio de telecomunicaciones y está fuera de nuestro marco legal sectorial, pero la ley del consumidor si lo ampara y las condiciones ofrecidas en el contrato que firmó deben ser cumplidas.

  57. Por Editor Subtel de Ene 9, 2009 | Responder

    Estimado Claudio

    sobre su consulta, efectivamente la Ley sobre protección de la vida privada (Ley “Dicom”), que impide que se comuniquen a registros de morosidad las deudas telefónicas, se refiere a personas naturales.

    La normativa de telecomunicaciones indica que el medio de apremio que tiene un proveedor para perseguir el pago de servicios provistos no cancelados es: el corte del servicio por no pago antes de la fecha de vencimiento y el término unilateral del contrato cuando la morosidad ha superado 120 días. Por tanto, Subtel puede defender que, al no distinguir el Reglamento del Servicio Público Telefónico entre persona natural y jurídica, una compañía no puede utilizar como medio de apremio el envío de los datos del cliente a registros de morosidad. Sin embargo, para realizar tal defensa, es necesario que el contrato telefónico esté vigente, de modo que se encuentre el usuario bajo la tutela de la normativa de telecomunicaciones.

    Nuestra sugerencia es que envíe sus datos, números telefónicos asociados y la compañía involucrada, al departamento de atención de consumidores de subtel, para que lo sometan a un proceso de mediación. Si éste no prospera, puede formalizar el reclamo.

    Si tenga en cuenta que por ley la Subtel no puede desligarlo de la responsabilidad del pago de las rentas de arrendamiento de equipos.

    para contactar al departamento de atención de consumidores de subtel, puede acudir a su oficina ubicada en Amunátegui 391, esquina Compañía, de lunes a viernes de 8:45 a 15:30 hrs. o vía online aquí

    http://oraias.subtel.cl/sgr_reclamos/PKG_SGR_login.prc_pag_login

  58. Por Nello Rolleri de Ene 22, 2009 | Responder

    Señores Subtel:
    Vengo a exponer mi caso, para pedirles si es posible que Uds. me ayuden con la empresa Telefónica.
    Desde hace casi un año intento poner término a una línea telefónica de mi padre, Nello Guido Rolleri, que tiene 82 años, que está casi sordo, por lo que no escucha cuando suena el teléfono y el aparato le es inútil. El número era (041) 2650664 de Tomé. En febrero de 2008 pedí telefónicamente la baja a la compañía. Me propusieron no cobrarme nada durante cuatro meses y al término de ese plazo, si es que definitivamente no iba a querer la línea, me la desconectarían. Sin embargo, no fue cierto, me cobraron un par de miles de pesos mensuales y luego en abril volvieron a cobrarme normalmente. En junio les pedí la baja definitiva, me dijeron que para eso debía pagar lo adeudado y enviar una carta por fax, explicando las razones. Así lo hice, les pagué todo y en julio fui a la compañía a devolver también el aparato. Ahora, seis meses después, me encuentro con una carta amenazando a mi padre de enviarlo a Dicom por una supuesta deuda de $39.533 (meses de agosto a octubre) y en total la deuda supera los 60 mil pesos ¡pero si no tiene teléfono hace seis meses!.
    En la compañía dicen que la baja de la línea “no se cursó”, porque ellos creen que la línea está a nombre de una empresa (Rolleri y Cía. Limitada), que le insisto no existe. Me piden papeles de “constitución de la sociedad” y otros, que no tengo.
    Ojalá puedan ayudarme. Les saluda cordialmente.

    Nello Rolleri Veloso

  59. Por Editor Subtel de Ene 27, 2009 | Responder

    Estimado Nello Rolleri

    en su caso se observan varias irregularidades de la empresa y lo que debe hacer de inmediato es presentar su reclamo ante la subtel o el sernac, para que opere la ley, se protejan sus derechos y obtenga solución.

    Pero es imprescindible que haga su reclamo formal a través de los canales más expeditos que son:

    Contactar al Sernac llamando al 600 594 6000, acudiendo a las oficinas comunales de SERNAC en los Municipios o vía online en http://www.sernac.cl

    Para reclamar contra la compañía ante Subtel puede acudir a la oficina de atención de consumidores de Concepción, ubicada en la seremi de transportes o vía online aquí

    http://oraias.subtel.cl/sgr_reclamos/PKG_SGR_login.prc_pag_login

  60. Por Patrick Grau de Ene 29, 2009 | Responder

    Estimados,

    Actualmente tengo 2 contratos con Claro Chile S.A., uno por Internet móvil, y otro por un plan de telefonía celular, al enterarme de la campaña “yo corto cuando quiero”, me dirigí a una de las oficinas de servicio al cliente de Claro, me atendió el encargado de empresas, y me dijo que esa campaña era publicidad engañosa ya que decía que no podían cobrar indemnización o multa por el termino anticipado de contrato… en fin… la opción que me dio fue cambiar los planes a los mas económicos… si no optaba por eso, tendría que desembolsar mas de $ 100.000.- solo para terminar con el plan.

    Mi consulta es… Yo puedo cortar mi servicio de Internet móvil, al igual que el de celular, el ejecutivo de claro me dijo que no, ya que el Sernac solo hablaba de telefonía.

    2 - Tengo entendido que debo enviar una carta certificada a Claro Chile SA si es que quiero terminar con mi contrato… es cierto?.

    3 – Debido al incremento del cobro del celular, revise el detalle, y habían cobros indebidos, yo tengo el plan sin fin , el cual posee 10 numero frecuentes a los cuales puedo llamar gratis hasta 5 min. Por llamada, el problema es que me los cobraron, estos últimos meses incremento mi boleta aprox. Entre $ 10.000 y $ 15.000, y por falta de tiempo no las había podido revisar.

    Tengo una boleta (Dic-08) pendiente de pago que vence mañana, es por el servicio del celular. , Que hago?

  61. Por Editor Subtel de Ene 30, 2009 | Responder

    Estimado Patrick Grau:

    Vamos por parte:

    Usted puede cortar su contrato de suministro telefónico o plan de minutos de telefonía móvil cuando usted quiera, avisando solo con diez días de anticipación a la empresa por escrito u otra vía formal disponible como puede ser mail o fax, sin que le cobren o apliquen ninguna multa o indemnización. Eso está consagrado en la ley y en reglamento de servicio público telefónico y no tiene espacio para la interpretación de la compañía. Se debe cumplir. Si no se cumple, debe reclamar ante la Subtel o el sernac y se fallará a su favor.

    Otra cosa es el contrato por el equipo telefónico, el celular que le entregó la compañía en comodato o arriendo para usar con el plan de minutos, salvo que ese aparato sea suyo. Aquí se debe cumplir con el tiempo de arriendo pactado libremente en el contrato o pagar en forma anticipada las cuotas pendientes del tiempo que falte para finalizar el arriendo, si es que lo quiere devolver o hacer uso de la opción de compra.

    Pero ojo, porque la obligación que supone el arriendo o comodato del teléfono no permite a la empresa amarrarlo con el plan de minutos o contrato de suministro que se puede cortar cuando quiera, sin dar explicaciones ni pagar nada más que el consumo registrado hasta diez días después del aviso de corte a la empresa.

    Usted tiene dos opciones respecto al equipo o teléfono una vez que corta el servicio o plan: seguir pagando mes a mes la cuota de arriendo del equipo, pero pudiendo usar ese mismo teléfono en otra compañía (para lo cuál la empresa está obligada por ley a desbloquearlo y dejarlo listo para ser habilitado en otra compañía y la nueva compañía con quien contrate un plan no puede negarse a que usted ocupe ese mismo teléfono); o puede devolverlo acelerando el pago de las cuotas pendientes en el contrato.

    Pero le insisto que el plan o servicio telefónico puede ser cortado en cualquier momento, sin multa alguna, solo pagando el consumo registrado hasta diez días después del aviso a la compañía.

    Si la empresa le niega estos derechos debe acudir inmediatamente al sernac o a la Subtel y su caso será resuelto sin duda a su favor porque la normativa es muy clara y conocida por las empresas.

    Otro tema. Respecto al servicio de Internet móvil existe un vacío legal en Chile porque Internet no existe en la ley de telecomunicaciones y, por lo tanto, la Subtel no puede recibir reclamos por ese servicio, los usuarios no tienen los mismos derechos que aplican para la telefonía y consecuentemente solo valen los términos del contrato firmado entre las partes. Ello sin desmedro que la ley del consumidor si aplica en esta relación comercial y si ese contrato de Internet móvil o alguna de sus cláusulas vulneran ese marco legal o se consideran abusivas, no tienen valor legal y usted puede reclamar su ilegalidad aunque las haya suscrito al firmar el contrato. Para ello puede acudir también al Sernac para que su caso sea revisado.

    Finalmente, respecto a los cobros indebidos que le hacen su boleta, el camino legal que lo protege como consumidor es reclamar. Por el solo hecho de reclamar formalmente en su compañía impugnando la boleta (puede hacerlo desde su celular marcando el 105) la empresa no puede cortarle el servicio telefónico hasta que ese reclamo tenga una respuesta formal (la empresa tiene 20 días hábiles para responder como máximo). Si esa respuesta de la empresa no lo deja conforme o simplemente la respuesta al reclamo no llega en el plazo legal, usted debe recurrir en segunda instancia a la Subtel o al Sernac por igual, para que se revise el caso. Mientras el reclamo es visto en la Subtel, su empresa tampoco le puede cortar el servicio aunque no se haya pagado la cuenta. Ello hasta que reciba la resolución final de la Subtel a favor suyo o de la empresa, resolución que es obligatoria cumplir para la empresa. En este punto le comento que el 85% de los reclamos de segunda instancia que llegan a la Subtel han sido resueltos a favor de los usuarios.

    Pero es imprescindible que haga su reclamo formal a través de los canales más expeditos que son:

    Contactar al Sernac llamando al 600 594 6000, acudiendo a las oficinas comunales de SERNAC en los Municipios o vía online en http://www.sernac.cl

    Para reclamar contra la compañía ante Subtel puede acudir a la oficina de atención de consumidores de Concepción, ubicada en la seremi de transportes o vía online aquí

    http://oraias.subtel.cl/sgr_reclamos/PKG_SGR_login.prc_pag_login

  62. Por Patrick Grau de Ene 30, 2009 | Responder

    Tengo otra duda… Ayer me dirigí a una de las oficinas de atención al cliente de Claro, y luego de una discusión, llegaron a la conclusión que efectivamente tenia configurados los números frecuentes que me estaban cobrando… a pesar de eso me citaron para uno 10 dias mas para analizar la grabación en la cual yo hablaba con el Call Center configurando los números.

    Luego de esto pedí el detalle del cobro de los últimos 5 meses para revisarlo, la ejecutiva me dijo que solo podía sacar el ultimo mes… y que no podía reclamar las boletas anteriores, ya que contaba con un plazo de un par de dias para realizar cualquier reclamo por cobros indebidos… es verdad?… que pasa con el dinero que pague en las boletas anteriores?…

  63. Por Editor Subtel de Ene 30, 2009 | Responder

    Estimado Patrick Grau

    en estricto rigor, cuando uno recibe la factura o cuenta mensual debe revisarla para ver si se han realizado adecuadamente los cobros, a fin de evitar que le cobren más de lo que corresponde, porque existe un plazo para impugnar la cuenta si trae cobros indebidos, luego de ello se asume aceptada la facturación por el usuario.

    sin desmedro de aquello, nuestra recomendación es que acuda a la subtel para hacer su reclamo y se le pueda ayudar a encontrar una solución posible por todos los cobros mal realizados.

  64. Por Elizabeth de Feb 5, 2009 | Responder

    El 23 de Enero del 2007, Movistar, me avisa que tengo que cambiar el equipo ya que ellos estan cambiando su tecnologia, asi que el equipo que yo tenia en ese entonces iba a dejar de funcionar y no me iba a servir para el furuto, ok lo cambio por un precio de 9900, pero nadie me aviso que el equipo era acomodato, y ahora quiero dar de bajar el celular y me dicen que tengo que esperar hasta el 2010 que se cumpla el tiempo reglamentario o pagar la multa por dar de baja el telefono antes de tiempo.
    Es posible esto, que yo deba pagar por un cambio que no solicite y me dejo en peor condicion que con mi equipo antiguo.

    ¿Que hago? ya que el equipo que tuve que cambiar era mio, y yo pague por este, un pecio minimo pero eso fue lo que me indicaron.

  65. Por Ana María Vergara de Feb 18, 2009 | Responder

    Hola.
    Hace un mes contraté un plan de minutos con Movistar, además de eso venía con un teléfono que por el plan tenía un costo de aprox $16.000.- (más bajo que su valor real) por diversos motivos, no estoy conforme con el servicio y quiero cancelar el plan.
    En la compañía me dicen que tengo que ir a una sucursal y hacer la renuncia y en un plazo de 10 días el contrato queda sin efecto, sin embargo manifiestan que si me quiero quedar con el teléfono debo pagar su valor (Cosa que tengo clara) pero que además debo cancelar $4.000.- por concepto de “Aceleración de equipo” por cada mes de duración del contrato (18 meses) algo asi como $70.000.-, y que por contrato ese item está considerado… me gustaría saber si de verdad tengo que pagar esa suma, si es legal ese cobro…

    Muchas gracias

  66. Por Luis de Mar 4, 2009 | Responder

    Estimado Editor Subtel,

    Desde hace meses deseaba renovar mi celular por problemas funcionales de mi actual equipo (de mi propiedad, comprado como equipo prepago en su tiempo). Me gustó mucho un equipo Nokia, pero el problema es que ese equipo sólo está disponible en Chile a través de Claro, y no Movistar, que es la compañía de la cual soy actualmente cliente.
    Informándome a través de la prensa e internet, descubrí que las compañías están obligadas a desbloquear los equipos de propiedad del usuario, si el así lo solicita, para que puedan ser utilizados con cualquier compañía. Considerando eso decidí comprar el equipo celular Claro en cuestión. Lo hice a través del sitio web de Falabella, y deberé recibir la compra en los próximos días. Este es un equipo prepago, por lo que será de mi propiedad, como acreditará la respectiva factura que recibiré junto al producto.
    Tratando de ganar algo de tiempo decidí llamar a Claro para consultar el procedimiento a seguir para el desbloqueo de un equipo. Sin embargo, me respondieron que la norma de la empresa permite sólo realizar desbloqueos tras seis meses de la compra de un equipo, lo que claramente iría en contra de la legislación vigente. Por ello me gustaría saber cómo debo proceder en este caso. Por el momento pensaba hacer lo siguiente:

    1. Una vez recibido el equipo, acudir a una sucursal Claro para solicitar el respectivo desbloqueo presentando la factura que me acredita como propietario del mismo.

    2. Quién me atendió telefónicamente señaló que en cualquier sucursal me responderían lo mismo (desbloqueos sólo después de seis meses), así que iré preparado. Ante esto pretendo exigir el cumplimiento de la legislación, por lo que me gustaría saber de dónde obtener una copia de la respectiva ley, norma, decreto, o lo que corresponda, donde se establece que:

    “La compañía que uno deja, debe obligatoriamente desbloquear ese teléfono para que pueda ser usado en cualquier compañía y la compañía nueva a la que uno se suscribe no puede negarse a habilitar ese teléfono que uno trae consigo, contratando al usuario solo el servicio telefónico o plan de minutos, el que también puede cortarse en cualquier momento.”

    Espero llevar una copia de este documento para usarlo como respaldo legal. Así, insistiré en el desbloqueo del equipo hasta recibir una respuesta satisfactoria. Ojalá y me digan que sí. =S

    3. En caso de recibir un NO por respuesta, solicitaré que se me entregue por escrito un documento donde se establezca eso de “esperar seis meses para debloquear”, y además dejaré un reclamo en el mismo lugar. En caso de negárseme este documento, llamaré a Carabineros para dejar una constancia de la situación en el lugar. Aquí otra pregunta Sr. Editor, ¿carabineros acude a llamados de este tipo?, ¿es posible dejar una constancia en el lugar?, ¿tendrá algún tipo de utilidad una constancia de este tipo? Lo de la constancia lo hago porque en otro tipo de situaciones conflictivas con empresas de servicios he apelado a esto y he recibido favorables respuestas de las empresas en su minuto, pero nunca me ha tocado llamar a Carabineros para que se hagan presentes en el lugar.

    4. Después pretendo hacer el respectivo reclamo en la SUBTEL. En ese caso, ¿qué documentación deberé adjuntar?, ¿cómo debo formular mi reclamo?

    Hay varias dudas que espero puedan ser respondidas. Hago esto porque ya muchas veces me ha correspondido actuar de manera similar ante empresas que operan verdaderamente fuera de la ley y que abusan de sus usuarios y/o clientes. Lamentablemente aún para que se actúe como corresponde hay que forzar muchas las cosas.
    Estaré a la espera de las respuestas
    Muchas gracias de antemano.

  67. Por Alanvaro de Mar 12, 2009 | Responder

    Señor editor Subtel:
    Me atrevo a pedirle que sea un poco más prolijo en lo que respecta a la obligatoriedad de las empresas de telefonía móvil de desbloquear el aparato que uno paga después de terminado el contrato por el servicio, y señale la norma en que aparece esa obligación que Ud. señala. Ya que la mejor fuente es la misma ley, debemos saber el nombre o número de ella, lo cual es crucial al momento de reclamar en la empresa. No podemos decir “es que lo leí en un Blog” o “el editor del blog de la Subtel lo dice”. Desde el momento que uno hace el reclamo y le nombra la ley o la resolución, las probabilidades de solución inmediata aumentan bastante. No sólo debemos conocer nuestros derechos, sino que saber también donde están escritos.

  68. Por PowerHost de Mar 16, 2009 | Responder

    Subtel deberia colocar para descarga documentos oficiales , tanto de campañas generadas cuanto documentaciones pertinentes…
    el estar escrito en un blog no representa documento oficial.

  69. Por Cristian de Mar 18, 2009 | Responder

    Hola
    me dirijo a ustedes con el fin de que me aclaren una duda sobre un cobro indebido a mi juicio. Mi situación es la siguiente; hace ya practicamente 6 meses contraté un plan de internet móvil con Entel pcs, y debido al mal funcionamiento de este he decidido terminar con el plan y del arriendo del equipo haciendo uso de la opción de compra pagando las cuotas que me faltan para que el equipo sea mío, (no tengo problemas en pagarlo), sin embargo al llamar a la empresa me han dicho que si termino el plan debo pagar un porcentaje mas de dinero por poner fin a éste, el que practicamente alcanzaría los 25000 pesos en total, que es el equivalente a que utilizara internet durante todo un mes y no los cinco días que lo he utilizado este mes, es decir tendría que pagar un mes mas que no utilicé el servicio aparte de las cuotas que me quedan del equipo. El cobro de la útlima factura se hizo hace 5 días y me parece sumamente injusto que me cobren por un mes que no utilizaré, es prácticamente una multa que me hacen por terminar el plan.
    El contrato que firmé por el plan(700kbps) es el mismo que se firma al contratar un plan de minutos, no existe diferencia entre sus términos, por lo que necesito saber si tengo que pagar este cobro o es un cobro indebido y no debo hacerlo.
    Esperando su pronta respuesta,
    me despido.

  70. Por Editor Subtel de Mar 24, 2009 | Responder

    Elizabeth

    el camino más efectivo es reclamar llamando al 600 594 6000 de Sernac, acudiendo a las oficinas comunales de SERNAC en los Municipios o vía online en http://www.sernac.cl

    Para reclamar contra la compañía ante Subtel puede acudir a la oficina de atención de consumidores de Concepción, ubicada en la seremi de transportes o vía online aquí

    http://oraias.subtel.cl/sgr_reclamos/PKG_SGR_login.prc_pag_login

  71. Por Editor Subtel de Mar 24, 2009 | Responder

    Estimada Ana María Vergara:

    El contrato por el equipo o terminal telefónico se rige por el derecho común, es decir, deben cumplirse los deberes y derechos aceptados libremente en el contrato.

    No obstante, la ley del consumidor señala expresamente que si un contrato incluye cláusulas abusivas ese contrato no tiene valor… por ello nuestra recomendación es que reclame en http://www.sernac.cl

  72. Por Editor Subtel de Mar 24, 2009 | Responder

    Estimado Luis

    mi sugerencia es que se acerque a la oficina de atención de consumidores de subtel para que lo ayuden y examinen su caso particular

    La oficina de atención de consumidores de subtel está ubicada en Amunátegui 391, esquina Compañía, de lunes a viernes de 8:45 a 15:30 hrs. o vía online aquí

    http://oraias.subtel.cl/sgr_reclamos/PKG_SGR_login.prc_pag_login

    si usted está en regiones puede acudir a la seremi de transportes y telecomunicaciones correspondiente

  73. Por Editor Subtel de Mar 24, 2009 | Responder

    Estimados Power Host y Alanvaro

    subtel tiene en su sitio web oficial http://www.subtel.cl un buscador de normativas mediante el cual se puede acceder a toda la documentación oficial de la subsecretaría.

    Puede solicitar ayuda para su búsqueda o informarse más a través de la oficina de informaciones de subtel en

    http://www.subtel.cl/prontus_oirs/site/artic/20070301/pags/20070301192505.html

    obviamente que el objetivo de este blog como señala su norma de uso es “generar un ámbito de libre expresión de ideas”. Su propósito es contribuir al debate y difundir información. Para consultas legales, ingresar reclamos formales o solicitar documentación oficial de subtel, los canales oficiales son la OIRS de Subtel y su departamento de atención de consumidores que pueden ver acá

    http://www.subtel.cl/prontus_oirs/site/edic/base/port/atencion_ciudadana.html

  74. Por Editor Subtel de Mar 24, 2009 | Responder

    Estimado Cristian

    Respecto al servicio de Internet móvil existe un vacío legal en Chile porque Internet no existe en la ley de telecomunicaciones y, por lo tanto, la Subtel no puede recibir reclamos por ese servicio, los usuarios no tienen los mismos derechos que aplican para la telefonía y consecuentemente solo valen los términos del contrato firmado entre las partes. Ello sin desmedro que la ley del consumidor si aplica en esta relación comercial y si ese contrato de Internet móvil o alguna de sus cláusulas vulneran ese marco legal o se consideran abusivas, no tienen valor legal y usted puede reclamar su ilegalidad aunque las haya suscrito al firmar el contrato. Para ello puede acudir al Sernac para que su caso sea revisado.

    http://www.sernac.cl

  75. Por Editor Subtel de Mar 24, 2009 | Responder

    Estimado Alanvaro y Luis

    sin desmedro de que consulten o soliciten via OIRS de subtel la documentación legal que necesitan, les comento que el tema del desbloqueo de los equipos móviles está establecido en la Resolución N° 2 del 4 de enero de 2005, del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia,
    (”esta Subsecretaría debe velar por reducir al máximo las barreras que enfrentan los consumidores para cambiar de proveedor de servicio telefónico móvil. Particularmente, debe velar para que se elimine la práctica en que podrían incurrir algunas compañías de inhabilitar los terminales para su uso en otra concesionaria”).

    a continuación les detallo textual lo que se señala en las resoluciones respecto a dichos casos
    -. Que, si bien, la Subsecretaría de Telecomunicaciones, por medio de ORD. Nº 40344 de 20 de diciembre de 2004, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 letra g) de la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, autorizó el modelo de contrato de arrendamiento con opción de compra del equipo terminal móvil por considerar, en lo esencial, que cumple con la exigencias de buena fe de los contratos de adhesión, dicha autorización no da derecho a la reclamada a efectuar los cobros por remanente que realiza ni a requerir la devolución de equipos con ocasión del requerimiento de término de contrato de suministro.

    -. Que, conforme se señala en la Resolución N°2/de 4 de enero de 2005, del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, medida SEPTIMA: que La Subsecretaría de Telecomunicaciones deberá velar por reducir al máximo las barreras que enfrentan los consumidores para cambiar de proveedor de servicio telefónico móvil. En particular, deberá velar por la eliminación de la práctica consistente en inhabilitar los terminales para su uso en otra concesionaria, instrucción ratificada por el ORD. Nº 40344 (1) de 20 de diciembre de 2004,aludido en el Considerando anterior, que señala que, el arrendatario podrá siempre exigir a la concesionaria que entregue libre de trabas técnicas el equipo arrendado, para poder habilitarlo en otra compañía si lo desea, sin perjuicio de seguir cumpliendo con sus obligaciones como arrendatario.

  76. Por Francisco de May 8, 2009 | Responder

    Hola
    Mi problema es que me compre un iphone con un plan de internet ilimitados y llamadas donde pago $36.490 esto es hace 6 mese donde siempre cumpli ahora el caso es que me que sin trabajo y no tengo las condiciones de pagar tanto dinero entonces me dirijo a la oficina de Movistar y les explicó mi situación pidiendoles que me bajen el plan a uno que se adapte a mi situación económica y así no tener problemas de morosidad con la empresa pero la respuesta que me dieron fue que sólo se podía bajar a un plan de $31.000 donde les explicon que esa cantida es mucho para pagar para mi y me dicen que no pueden hacer nadamas por mi y me dice que para romper el contrato del plan debo pagar como multa $4.000 por el resto de los 18 mese por ser un celular subvencionado por movistar yo quiero llegar a un acuerdo con la empresa para cumplir con mi contrato pero a la empresa no le interesa ningún tipo de acuerdo solo quiere que le page las $36.490 que realmente no están a mi alcance
    Es legal que Movistar no tenga ningún tipo de solución para estos casos??

  77. Por ernesto de May 14, 2009 | Responder

    hola mi problema es siguiente.tome un PLAN .MOVISTAR.que me ofrecieron por celular, que es de mi propiedad ,no puedo seguir pagando el plan y estos patudos me lo bloquearon.

  78. Por Alvaro Araneda de May 20, 2009 | Responder

    Señores subtel:
    Necesito una ayuda,contrate un plan de internet en la empresa entel pcs hace 2 años, en el trascurso de estos dos año la empresa me sugerio que cambiara el equipo a una hawei con un poco mas de tecnologia en el cual iva a tener mejor cobertura y señal.
    Se realizo el cambio y desde ese momento el internet cambio y la señal fue pesima, el internet se caia a cada rato,en conclucion no podia navegar.Me dirigi a la empresa para hacer un termino de contrato y ellos me dijeron que no estaba en el tiempo para renunciar.Que tenia que pagar la suma de $60.000.por los meses que faltaban para el termino de contrato.
    Concidero que este cobro no puede ser.
    Ya que mi motivo de termino de contrato es por pecima cobertura.

  79. Por Editor Subtel de May 26, 2009 | Responder

    estimado Francisco

    según la normativa vigente, usted puede renunciar a su servicio de suministro telefónico cuando quiera sin que le cobren multas por ello, pero otra cosa es el teléfono arrendado o comprado a la empresa. En ese caso, debe cumplir el contrato firmado y pagar las cuotas que correspondan.

    De todas maneras, le recomendamos hacer el reclamo formal ante la Subtel o Sernac para que su caso particular sea revisado y se le pueda dar orientación legal.

    La oficina de atención de consumidores de subtel está ubicada en Amunátegui 391, esquina Compañía, de lunes a viernes de 8:45 a 15:30 hrs. o vía online aquí

    http://oraias.subtel.cl/sgr_reclamos/PKG_SGR_login.prc_pag_login

    si usted está en regiones puede acudir a la seremi de transportes y telecomunicaciones correspondiente.

  80. Por Editor Subtel de May 26, 2009 | Responder

    estimado ernesto

    es irregular que la empresa le bloquee su teléfono. Una cosa es que le hayan cortado el servicio por no pago, y otra cosa distinta que le mantengan bloqueado el terminal telefónico de su propiedad. Si la empresa se niega a desbloquear su teléfono puede recurrir al sernac o a subtel para que resduelvan su caso.

    ahora bien, lo mejor en su caso es que al momento de ver que ya no podía seguir pagando el plan, hubiese renunciado a él. Terminar el contrato de suministro telefónico es un derecho que no puede vulnerarse ni le pueden cobrar multas o indemnizaciones por ello. El único servicio que no se puede interrumpir sin pagar el tiempo pactado es el contrato por el equipo telefónico, que no es su caso, ya que el teléfono le pertenece a Usted.

  81. Por Editor Subtel de May 26, 2009 | Responder

    estimado Alvaro Araneda

    el servicio de Internet en Chile no está regulado por la ley de telecomunicaciones y se rige solo por el derecho común, conforme al contrato que hayan suscrito libremente las partes.

    Sin desmedro de ello, la ley del consumidor establece normativas que protegen a los usuarios cuando el servicio o producto que se contrata no cumple con lo ofertado comercialmente y/o cuando los contratos de adhesión incluyen clásulas abusivas.

    nuestra recomendación es que revise detalladamente el contrato que firmó y si tiene dudas recurra al Sernac llamando al 600 594 6000, acudiendo a las oficinas comunales de SERNAC en los Municipios o vía online en http://www.sernac.cl

  82. Por christian martinez de Jun 15, 2009 | Responder

    hola buenas. mi consulta es la siguiente me compre un celular entel prepago hace una cemana en una tienda comercial y me quiero cambiar a otra compañia (movistar) y me han comentado que yo puedo pedirle a la compañia que es en este caso entel que el celular me lo liberen lo cual me parece que deberia ser gratis y lo cual ellos no me deberian poner obstaculo alguno. necesito saber como es este tema si es tan asi de simple o puede haber algun obstaculo.

    Lo otro que necesito saber si yo le exijo esto a entel que me desbloquee el celular perdere mi año de garantia que tengo con ellos ya que el celular tiene un año de garantia en entel, o igual me tienen que cubrir el año de garantia??

    por su atencion muchas gracias.

  83. Por Rocio de Jun 16, 2009 | Responder

    La verdad creo que la normativa vigente es insuficiente para garantizar la libertad de terminar con estos servicios, porque normalmente el arrendamiento con opción de compra obstaculiza este derecho del consumidor.
    La situación con que uno se encuentra al querer terminar anticipadamente estos servicios es simplemente tener que continuar pagando por un equipo que no quiere. Esto en mi caso es así porque contraté banda ancha entel móvil y después de darle término al servicio tengo que seguir pagando por el arriendo de un equipo que no sirve para absolutamente nada.

    Deberían prohibirles a estas compañías amarrar a los usuarios a sus planes y tarifas mediante el expediente de entregar un equipo en comodato o arriendo con opción de compra sin posibilidades de restitución.

  84. Por Editor Subtel de Jun 22, 2009 | Responder

    estimado christian martinez

    el equipo telefónico puede utilizarlo en cualquier compañía y no se le puede poner ninguna barrera para usarlo.

    Si eso no ocurre puede reclamar ante subtel o sernac, porque Usted tiene el derecho a ocupar ese teléfono en cualquier compañía.

  85. Por Maximiliano de Jul 9, 2009 | Responder

    Editor Subtel, según tengo entendido y por las respuestas que das existen dos contratos (telefonía móvil) uno del servicio telefónico y otro del arriendo del equipo. La pregunta es ¿Pueden obligarme a terminar mi contrato de arriendo del equipo por el solo hecho de renunciar al servicio telefónico? me refiero a que si se “amarran” entre si.
    Dónde puedo encontrar todo esto o mejor dicho cuál es la ley que regula esto para buscarla y estar más informado.
    Gracias y muy buena esta iniciativa de informar!

  86. Por Editor Subtel de Jul 23, 2009 | Responder

    estimado Maximiliano

    los contratos de suministro y de servicio deben ser independientes y no se pueden amarrar. Si usted renuncia al servicio, puede y debe seguir cumpliendo con el contrato de arrriendo del equipo tal como esté pactado en su contrato.

    la normativa específica que regula esta materia es el reglamento de servicio público telefónico, puede encontrarlo en http://www.subtel.cl o solcitarlo vía mail, web o teléfono a la oficina de Informaciones de la Subtel OIRS

    mail

    oirs@subtel.cl

    web

    http://www.subtel.cl/prontus_oirs/stat/consulta_blog/opinion.html

    teléfono

    2 421 3150

  87. Por María José de Ago 26, 2009 | Responder

    Hola, he tenido bastantes problemas con Movistar en diciembre 2008 contrate un plan y hasta ahora 3 veces he tenido que reclamar ante el sernac, cobros indebidos, pesima atencion, etc. debido a todo esto decidi poner termino a mi contrato, pero en movistar me cobran 5.000.- por el equipo y por 10 meses me cobran 4.000.-, siendo que la cuota de arrendamiento del celular la pague completa el primer mes que contrate el plan, que puedo hacer para que no me cobren por poner termino al contrato antes de los 18 meses, debido a que mi retiro del plan es solamente por los cobros erroneos y la pesima atencion.

  88. Por Editor Subtel de Sep 1, 2009 | Responder

    Estimada María José…

    si Usted ya pagó el valor del equipo al contratar el servicio, no pueden cobrarle de nuevo el equipo, ni tampoco multarla por dar término al plan… solo pueden exigirle que cumpla el contrato sobre el equipo, pero como usted ya lo pagó no viene a lugar.

    En cualquier caso, Usted puede dar término al contrato de suministro en cualquier momento y nadie le puede cobrar multas y el equipo, si todavía tiene un contrato que deba cumplir, usted puede exigir que le desbloqueen ese equipo para usarlo en cualquier otra compañía.

  89. Por Cristobal Suazo de Sep 6, 2009 | Responder

    Demaciado interesante conocer nuestros derechos ante compañías de las telecomunicaciones

  90. Por maria jose de Sep 11, 2009 | Responder

    Estimado, tengo otra duda, fui a movistar a poner termino al plan el 28 de agosto, me dijieron que se demoraba 10 dias, al dia de hoy 11 de septiembre todavia no cortan el servicio, y en movistar me dicen que recien el 10 de septiembre ingresaron el requerimiento (tengo que esperar 10 dias mas), por tanto me seguiran cobrando, que puedo hacer? cuanto es el tiempo que tiene la compañia para poner termino al servicio?, puedo colocar un reclamo en el sernacp para que no me cobren por estos 10 dias mas?
    muchas gracias por todo!!!

  91. Por Editor Subtel de Sep 15, 2009 | Responder

    estimada maria jose

    el punto crucial es si tienes comprobante o un número de registro que demuestre que hiciste el requerimiento de término de contrato el 28 de agosto. Si es así puedes reclamar en subtel o sernac porque la normativa es clara en señalar que son diez días máximo desde que hiciste el requerimiento, si no lo ingresaron es falta de la empresa y no te pueden cobrar de más.

  92. Por Claudio Risco de Oct 20, 2009 | Responder

    Tengo un caso diferente, pues no tiene que ver con telefonía celular, sino con servicios de telefonía ilimitada, cable e internet (triple pack de VTR). El tema en breves palabras es que hice un contrato con VTR por los 3 servicios con cargo fijo de 34.990 y durante los 9 meses de contrato, todos y cada uno de los meses me facturaron más de lo que correspondía. La constante era servicios cortados, reclamos en vtr y notas de credito descontando los cargos mal efectuados. Ahora ya me aburri de las costantes negligencias en la facturación, la deuda se me ha acumulado a 90mil y tantos, consecuencia de, y más encima no puedo dar de baja los servicios (hasta que no pague), o sea “no puedo cortar cuando quiero” y la deuda se va a acumular impajaritablemente. ¿Es justo?. Porque no me cortan los servicios (se congela la deuda y asi puedo pagarla de apoco).

  93. Por Daniel de Ene 13, 2010 | Responder

    Hola, sabes yo tengo el mismo problema. Contrate internet móbil, la vendedora me dijo que la calidad de conexión era de 200kbps mínimo incluso en la comuna rural que yo le mencioné, pero apenas navego a 20 o 30 kbps y he hecho numerosas llamadas para solicitar que reparen las docenas de caídas del sistema. Me cobraban más de 50.000 mil pesos porque segun ellos me quedaban 13 cuotas de las 18 que contraté. Quisiera orientación al respecto, a ver qué conseguiste por tu parte. mi co
    rreo es

    contacto@danielgarcia.cl

    Gracias.

  94. Por jocelyn de Ene 15, 2010 | Responder

    Estimados:
    Mi consulta es la siguiente. Hace 4 meses aproximadamente, nustra pequeña empresa contrato el servicio de radios transmisoras con la empresa Nextel, cuyas radios tienen forma y uso casi igual que el de un celular. Por motivos de no solvencia de la empresa nos estamos viendo en la obligacion de renunciar al contrato firmado con Nextel, el cual hace mencion de su duracion de 1 año. Necesito saber si es posible renunciar a este contrato antes del plazo estipulado y cuales son mis derechos, o tal vez si realmente debo esperar a que se cumpla el plazo.
    Es de suma urgencia tener esta informacion.
    A quien pueda responder, muchas gracias.

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